Prisión preventiva para José Soruco por intento de robo


En audiencia de control de detención y apertura de la investigación por un delito contra la propiedad acontecido el pasado 20 de septiembre en la ciudad de Comodoro Rivadavia, el imputado a José Miguel Soruco, quedó en prisión preventiva.

La audiencia fue presidida por Mariano Nicosia, juez penal; el Ministerio Público Fiscal fue representado por Ailén Picollo, procuradora de fiscalía, acompañada por Azul Romero, abogada contratada de fiscalía; por su parte la defensa de Soruco fue ejercida por Janet Alderete, abogada adjunta de la Defensa Pública.

La representante de fiscalía solicitó se formalice el hecho en contra del imputado acontecido el 20 de septiembre del año 2.024, a las 18.30 horas aproximadamente, cuando la víctima, dejó estacionado su rodado marca Renault 12, en el playón de estacionamiento del Local Comercial que gira bajo la razón social “Chango Más” sito en la intersección de avenida Chile y calle Girolamo de Comodoro Rivadavia, oportunidad en la que se hizo presente José Miguel Soruco, quien previo a levantar el capot del rodado, y valiéndose de un cuchillo marca “Tramontina”, de hoja de acero inoxidable y 20 cm de longitud aproximadamente, corto los cables de conexión de la batería marca Bosch, modelo S3 START, logrando sustraer el elemento mencionado.

Dicho accionar fue advertido por personal de seguridad a través de las cámaras de monitoreo del local comercial, dando inmediato aviso al personal de seguridad adicional, quienes observaron a Soruco llevando consigo el elemento, y tras una breve persecución en el interior del playón procedieron a su aprehensión. Haciéndose presente personal policial de la Comisaría Seccional Tercera, quienes procedieron al traslado del imputado, recuperando el elemento sustraído, y secuestrando el arma blanca tipo cuchillo utilizada en el hecho. Calificando provisoriamente el hecho como robo en grado de tentativa, en calidad de autor para Soruco. El fiscal a cargo de la investigación es Juan Carlos Caperochipi.

Solicitando la procuradora de fiscalía el procedimiento de juicio rápido para el caso. Asimismo, se declare legal la detención de Soruco en el estacionamiento del supermercado, con la batería y el arma blanca utilizada, por personal civil de seguridad, en flagrancia.

La defensa por su parte no cuestionó la legalidad de la detención, tampoco cuestionó el relato del hecho, ni la calificación provisoria escogida. En cuanto al planteo de juicio inmediato tampoco lo cuestionó la defensora.

Seguidamente el juez declaró legal la detención del imputado, en flagrancia, por particulares, autorizando la apertura de la investigación del caso.

El imputado Soruco posee una suspensión de juicio a prueba en trámite y ocho legajos de investigación abiertos en distintas etapas del proceso.

El juez autorizando la apertura de juicio rápido y dictó un cuarto intermedio hasta el lunes 30 de septiembre del corriente año. Dejando sin efectos las ordenes de rebeldía y captura que pesaban sobre Soruco en diversas causas.

Medida de coerción:

Respecto de la prisión preventiva la procuradora de fiscalía solicitó el mantenimiento de la misma en base a los elementos de convicción suficientes para tener a Soruco, como probable autor del hecho. De las constancias del hecho se puede determinar la materialidad y autoría del mismo en cabeza del imputado. El comportamiento del imputado en otros legajos, dan constancia del peligro de fuga existente, argumentó la representante de fiscalía. Además, Soruco no tiene arraigo, se encuentra en situación de calle. El comportamiento del imputado en procesos anteriores, con rebeldías y capturas, se vio involucrado en nuevos conflictos, la cantidad de los mismos. No cumplió con las medidas sustitutivas. Por la comisión de un nuevo delito se le va a revocar la suspensión de juicio a prueba que posee el imputado y está condena en el presente proceso será de cumplimiento efectivo, continuó Picollo. Requiriendo por todo ello la prisión preventiva de Soruco hasta el próximo 30 de septiembre del presente año, a las 12.00 hs..

La defensora por su parte independientemente de la evidencia con la que cuenta la fiscalía, persiste el estado de inocencia. Existe la probabilidad de resolver un abreviado con toda la situación de Soruco. Por éste hecho podíamos aplicar un criterio de oportunidad, agregó la defensora. Corresponde entonces aplicar una medida menos gravosa, como presentaciones semanales ante la autoridad judicial. No se puede derribar su estado de inocencia y privarlo de su libertad.

Por último, el juez penal sostuvo que “es claro que estamos ante una persona que no logra una conducta adecuada de voluntad procesal”. Se empeña en delinquir y en evadir obligaciones básicas para con el proceso. Se precisa cautelar el conjunto de procesos que posee Soruco lleguen a su término, continuó Nicosia. En este caso la fiscalía cuenta con pruebas para acreditar la autoría de Soruco, fue aprehendido en flagrancia. Estamos ante una persona que enfrenta una privación efectiva de la libertad, no tiene arraigo, por lo cual es evidente el peligro de fuga. La cantidad de causas abiertas es muy grande y esto se debe a su mala conducta procesal. Dictando por todo esto la prisión preventiva de Soruco por 9 días, o hasta finalizar la continuación de la presente audiencia luego de su cuarto intermedio el próximo 30 de septiembre.

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