En Comodoro confirman una multa contra Despegar

La Sala III de la Cámara de Apelaciones de Comodoro Rivadavia ratificó una sanción de $800.000 aplicada originalmente por la Oficina de Defensa del Consumidor contra la empresa Despegar S.A. por incumplir con una reprogramación de vuelos hacia Brasil que habían sido cancelados durante la pandemia.

Una línea aérea había cancelado los pasajes en la pandemia y la empresa intermediaria no se hacía responsable, después de una espera de 4 años. Los camaristas entendieron que la agencia virtual no podía desentenderse de su rol y deberá afrontar el costo final.

 

La sentencia

 

El fallo judicial, de septiembre de 2025, subraya que las agencias de viaje no son simples intermediarias, sino responsables directas de garantizar un trato digno y el cumplimiento de lo contratado ante los consumidores.

El conflicto se remonta a abril de 2020, cuando tres pasajeros adquirieron pasajes hacia Natal (Brasil) que no pudieron utilizar por las restricciones sanitarias. A pesar de que la empresa les aseguró reiteradamente que los pasajes quedarían “abiertos”, primero hasta 2021 y luego hasta 2022, finalmente les informó que la única opción era el reembolso a valores de 2019.

Los jueces consideraron que pretender devolver importes “históricos” cuatro años después, en un contexto de alta inflación, constituye un daño patrimonial evidente, ya que los usuarios no podrían volver a comprar los mismos tickets con ese dinero.

 

Garante solidario

 

En su defensa, Despegar argumentó que la responsabilidad era exclusivamente de la aerolínea (GOL) y que ellos solo actuaban como intermediarios.

Sin embargo, la Cámara desestimó este argumento, señalando que la empresa es la “cara visible” que inspira confianza en el consumidor y, por lo tanto, es garante solidaria de los servicios que ofrece.

El fallo destacó que la firma se limitó a ser un “mero receptor” de información sin buscar una solución real para los clientes.

 

Trato indigno

 

La decisión judicial también confirmó que se violó el deber de trato digno. Para ellos, se valoró el “reclamo constante” y la situación incómoda de los denunciantes, quienes tras años de gestiones telefónicas se encontraron ante la amenaza de perder sus tickets si no aceptaban un reembolso insuficiente antes de una fecha límite impuesta unilateralmente.

Por ello, además de la multa, se ordenó a la empresa cumplir con la reprogramación forzada de los vuelos o la devolución actualizada de lo abonado.

 

 

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