Justicia Federal suspende resolución que impedía el cobro de tasas municipales en facturas de servicios públicos
El juez federal de Rawson, Hugo Sastre, resolvió suspender temporalmente la Resolución N° 267/2024 de la Secretaría de Industria y Comercio del Ministerio de Economía de la Nación. Esta normativa impedía a las cooperativas de servicios públicos incluir conceptos ajenos a los servicios brindados, como la tasa de bomberos, en sus facturas. La decisión se tomó en el marco de un amparo presentado por la Municipalidad de Trelew, que argumentó que la medida nacional afectaba su autonomía financiera y comprometía servicios esenciales.
El conflicto
El caso fue iniciado por el apoderado legal de la Municipalidad de Trelew, Dr. Javier Caucigh, junto al patrocinio del Dr. Facundo Contreras. En la presentación, solicitaron la declaración de inconstitucionalidad de la Resolución 267/2024, destacando que dicha normativa limitaba la capacidad recaudatoria del municipio y afectaba la continuidad de servicios críticos como el de bomberos.
Los abogados fundamentaron la solicitud de una medida interina en dos puntos clave: la «verosimilitud del derecho» y el «peligro en la demora». Afirmaron que la resolución no solo era lesiva para el erario municipal, sino que también vulneraba la autonomía consagrada en los artículos 123 y 5 de la Constitución Nacional y el artículo 233 de la Constitución Provincial de Chubut.
Argumentos municipales
La Municipalidad señaló que el funcionamiento del servicio de bomberos es esencial y costoso, abarcando gastos operativos como el mantenimiento de cuarteles, combustible, salarios e insumos. Sin la recaudación obtenida a través de la tasa incluida en las facturas, el municipio advirtió que resultaría inviable sostener la operatividad del cuerpo de bomberos.
El planteo también resaltó que la inclusión de esta tasa en las facturas no ha generado reclamos por parte de los usuarios en más de dos décadas. En ese contexto, cuestionaron que la Resolución 267/2024, supuestamente orientada a proteger a los consumidores, terminara afectando el funcionamiento de un servicio que protege a la comunidad.
La resolución del juez
El juez Hugo Sastre dictó la medida interina, argumentando que la suspensión temporal de la resolución nacional no afectará el interés público ni el erario nacional, ya que se circunscribe exclusivamente a las finanzas municipales. En su fallo, destacó que el impacto negativo de la resolución sobre los ingresos municipales y los servicios esenciales justificaba la medida cautelar.
Sastre subrayó que la resolución nacional parecía contraproducente, ya que afectaría la operatividad de los bomberos, quienes desempeñan un rol fundamental en la protección de la comunidad. La suspensión estará vigente hasta que se reciba el informe requerido por la Ley N° 26.854 o hasta que se resuelva la cuestión de fondo.
La decisión no solo beneficia a Trelew, sino que también podría sentar un precedente favorable para otras cooperativas de servicios públicos en Chubut, como las de Rawson y Comodoro Rivadavia, que enfrentan conflictos similares respecto al cobro de tasas municipales.
El fallo del juez Sastre refuerza el debate sobre la autonomía municipal y la necesidad de mecanismos de financiamiento que garanticen la prestación de servicios esenciales, especialmente en contextos económicos adversos.