Revés para el Gobierno: Sancionan el proyecto que reforma la Ley de DNU


Después de cinco horas de debate parlamentario, la Cámara de Diputados convirtió en ley a la reforma del Régimen Legal de los Decretos de Necesidad y Urgencia (26.122) con 140 votos afirmativos, 80 negativos y 17 abstenciones.

La aprobación se consiguió con los votos de Unión por la Patria, Encuentro Federal, Democracia para Siempre y el Frente de Izquierda, que superaron a la previsible resistencia del oficialismo, el Pro y Liga del Interior.

Si bien esta norma no manifiesta cambios en la política fiscal del Gobierno nacional, el presidente Javier Milei dejó en claro que será vetada. Cuando la Cámara baja intentó avanzar con este debate a finales del 2024, el libertario fue consultado sobre el tema: «Obviamente que la voy a vetar porque en el fondo están queriendo hacer un golpe de Estado». Lógicamente esa postura del jefe de Estado, sigue igual un año después.

El Régimen Legal de los Decretos de Necesidad y Urgencia, de Delegación Legislativa y de promulgación parcial de leyes fue impulsado por Cristina Kirchner en su mandato como senadora nacional en el 2006. La norma fue sancionada el 20 de julio de ese año y, entre varios puntos, creó la Comisión Bicameral de Trámite Legislativo.

Qué dice la ley

El proyecto convertido en ley este miércoles establece que los DNU deberán versar sobre una única materia a fin de que sean tratados individualmente. Este artículo se contrapone a lo que sucedió con el DNU 70/2023 que modificó y derogó más de 300 leyes bajo el propósito de la desregulación de la economía argentina.

El segundo ítem distintivo de esta reforma planteada es la que habilitaría a ambas cámaras a abocarse aún durante el receso parlamentario al expreso e inmediato tratamiento de futuros decretos. Si bien la Comisión Bicameral Permanente de Trámite Legislativo está habilitada a reunirse en el período que va del 1° de diciembre al 28/29 de febrero, esta modificación autoriza a abrir a los recintos una vez que se cumplan los diez días hábiles desde el ingreso del DNU.

El otro cambio sustancial de la Ley 26.122 es el trámite legislativo de blindaje a los DNU: en caso de que prospere este nuevo régimen, los decretos se considerarán aprobados cuando ambas Cámaras se expresen por mayoría absoluta de los presentes en un plazo de 90 días desde la publicación en el Boletín Oficial. El último antecedente es el DNU 179/2025 que aprobó el nuevo Acuerdo con el FMI y quedó blindado con solamente el aval de la Cámara baja.

La última propuesta de cambio a la Ley de DNU es establecer que el rechazo de una de las dos Cámaras signifique la derogación total del decreto quedando imposibilitado de dictar otro que verse sobre la misma materia durante ese año parlamentario. Este artículo, contempla, además, que en caso de no ser tratados en el plazo de los primeros 90 días por alguna de las dos Cámaras también signifique la caída total del decreto de necesidad y urgencia.

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