El SOMU mantiene medida de fuerza y peligra la pesca de anchoa y merluza
Los delegados del SOMU Rawson le comunicaron al Secretario de Trabajo de Chubut, Nicolás Zárate, a través de una nota que daban a conocer a ese organismo laboral «que continúa el cese total de actividades por tiempo indeterminado de toda la flota amarilla del puerto de Rawson hasta que las empresas abonen las diferencias salariales existentes con todo el personal de marinería por no haber cumplido con el incremento pactado en acta homologada con fecha 19 de octubre de 2023, y ratificada nuevamente por la Secretaría de Trabajo el día 11 de marzo de 2024 para la cámara CAFACH y 13 de marzo de 2024 para la cámara APARCH», firman Ramón Vera, Daniel Cisterna y Cristian Colin.
De este modo el gremio comunicó que más allá de haber culminado la operatoria de la flota en la temporada de langostino, las liquidaciones siguen pendientes de ajuste, y ratifican el cese de actividades por lo que los barcos tampoco podrán salir a la pesca de otras especies como anchoas o merluza.
Cabe recordar que el reclamo que plantea el SOMU es sobre cláusulas que se fijaron y determinaron en el convenio firmado el año pasado, pero que el sector patronal puso ahora en discusión, vale decir que alcanza a los barcos enrolados en la CAFACH, ya que un grupo de independientes abonó los salarios en base a esas condiciones y no tuvieron inconvenientes en la operatoria pudiendo salir a pescar con normalidad.
La Secretaría de Trabajo de Chubut notificó el Dictamen Legal N° 112/2024 de la Dirección General de Asuntos Legales, por medio de la cual hizo lugar al planteo del SOMU de Rawson, respecto a la interpretación del acuerdo salarial firmado en octubre de 2023 en cuanto al ajuste por inflación. Dice que en el último trimestre del año pasado ese porcentaje fue del 53,1%, por lo que debe aplicarse al valor del kilogramo de langostino, ascendiendo a la suma de $918,90 a liquidar en el rubro producción.
Con la firma del asesor legal Dr. Guillermo Oga se dictó pronunciamiento sobre el acuerdo paritario entre el SOMU y la Cámara de la Flota Amarilla de Chubut (CAFACh) haciendo referencia a que el acuerdo en su cláusula primera expresa: “se acuerda incrementar y establecer mediante ajuste por inflación interanual del 138,3% el valor del kilogramo de la especie langostino en la suma de $ 600,20. Se tomará con referencia a los efectos del cálculo que los cajones deberán pesar 17 kilogramos de langostino, puesto en banquina al barrer”.
La autoridad laboral dice que ese monto comprende un índice inflacionario interanual acumulado de los meses de octubre 2022 a septiembre de 2023 inclusive y el aumento cobró validez del 1 de octubre de 2023 con vigencia hasta el 1 de abril de 2024.
La Asesoría Legal indica que la cláusula tercera expresa: “Atento la marcada escalada inflacionaria que transita el país y el sinuoso desequilibrio económico imperante en materia de precios, las partes acuerdan establecer una cláusula de ajuste por inflación extraordinaria, acorde con los índices oficiales que publique el INDEC, comprensivo a los meses de octubre, noviembre y diciembre de 2023. Dichos índices mensuales se adicionarán al 138,3% aquí detallado en el marco de la recomposición salarial, y será aplicable al precio de la especie de captura langostino, merluza y anchoa, debiendo liquidar y abonar el salario del mes de enero de 2024 -rubro producción- con la integración de dicho porcentual de ajuste”.
El asesor Oga de la Secretaría de Trabajo manifiesta que “en conclusión, analizando la argumentación de cada parte y ponderando la existencia del acuerdo como un todo, y en virtud de las reglas de la sana crítica y demás principios aplicables, desde esta asesoría legal, luego de un acabado análisis consideramos que la interpretación correcta del acuerdo, el cual como afirmamos se basa en los principios básicos de la razonabilidad y buena fe negocial y por aplicación estricta de la interpretación más favorable al trabajador debe ser establecida compartiendo la interpretación dada por la parte sindical”, asevera.
Dicha interpretación es que “el porcentaje de inflación de los meses detallados asciende al 53,1%, porcentaje que debe aplicarse al valor del kilogramo de langostino el que asciende a la suma de $918,90 a liquidar y abonar en el salario a devengarse correspondiente al rubro producción”.
Este punto fue el que desató el último conflicto antes que termine la temporada de langostino, el cual sigue sin abonarse en esos términos, por lo que el sindicato ratificó el cese total de actividades por lo que no saldrán a pescar otras especies hasta tanto se liquiden las mareas desde enero al valor que decía el acuerdo y confirmó el órgano laboral provincial.
Fuente: Revista Puerto.