PROPONE DECLARAR A INTERNET COMO SERVICIO PÚBLICO EN COMPETENCIA

Luenzo: “la brecha digital que tenemos en la Argentina es alarmante”

El senador nacional por Chubut, Alfredo Luenzo, presentó un proyecto de ley en donde se ratifica la declaración de «de interés público el desarrollo de las tecnologías de la información y las comunicaciones, las telecomunicaciones, y sus recursos asociados, estableciendo y garantizando la completa neutralidad de las redes». Su objeto es posibilitar el acceso de la totalidad de los habitantes de la República Argentina a los servicios de información y las comunicaciones en condiciones sociales y geográficas equitativas, con los más altos parámetros de calidad, promoviendo políticas diferenciadas que tiendan a equilibrar el desarrollo relativo de provincias y regiones.
Así como el gas, la electricidad y el agua fueron los servicios públicos tradicionales, los Servicios de Tecnologías de la Información y la Comunicación son los nuevos servicios públicos del Siglo XXI.
El Poder Ejecutivo Nacional ha tomado las medidas urgentes y necesarias que la situación exige. Le corresponde ahora al Parlamento asumir su rol y sancionar la legislación de fondo que materialice políticas públicas en materia de Tecnologías de la Información y la Comunicación diferenciadas, que tiendan a equilibrar el desigual desarrollo relativo de provincias y regiones. El ideal igualitario es el elemento sustantivo de este proyecto de ley, que trata de plasmar legalmente el mandato constitucional expresado en el artículo 75, inciso 19 de nuestro texto fundamental.
Al respecto, el legislador sostuvo que «tal vez la Capital Federal vive una situación natural en su relación con internet, pero esta no es la realidad que tiene el interior del país donde el mercado no lo puede resolver» y remarcó que «la brecha digital que tenemos en la Argentina es alarmante».
En ese orden de ideas, el proyecto modifica el programa de Servicio Universal que tiene como objetivo «asegurar el acceso de los habitantes de la Nación a los servicios esenciales de telecomunicaciones, sin importar sus circunstancias económicas, localización geográfica o limitaciones físicas». Este servicio universal será actualizado con periodicidad y en un plazo no mayor a 2 años en función de «las necesidades y requerimientos sociales, la demanda existente, la evolución tecnológica y los fines dispuestos por el Estado nacional de conformidad con el diseño de la política de las TIC, las que promoverán medidas diferenciadas que tiendan a equilibrar el desigual desarrollo relativo de provincias y regiones».
Por otro lado, declara a la telefonía móvil un servicio público, esencial, estratégico en competencia. En relación al esquema tarifario, el proyecto de ley ratifica el criterio establecido en el DNU 690/20.
En síntesis, el proyecto de ley se propone continuar y fortalecer el camino iniciado por el Gobierno Nacional a través de los DNU 297/20, 311/20 y especialmente el DNU 690/20. En este contexto, la categorización como servicio público esencial, estratégico y en competencia a los Servicios de Tecnologías de la Información y la Comunicación, la consagración legal del mandato constitucional igualitario y las modificaciones a la Ley 27.078 permitirán reducir la brecha digital.

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