A pesar de aceptar la declaración de las víctimas absuelven a un acusado de abuso sexual a menores

En un polémico fallo el tribunal de enjuiciamiento integrado por los doctores Darío Arguiano, José García y Laura Servent, resolvió absolver a un acusado por el delito de abuso sexual gravemente ultrajante en la modalidad de continuado, en perjuicio de dos menores de 13 años, que se le imputara desde el Ministerio Público Fiscal, a partir de las denuncias efectuadas por familiares de las víctimas.
El veredicto dado a conocer corresponde a un juicio oral que se llevó adelante en los tribunales de Trelew, donde la Fiscalía estuvo representada por el fiscal general Arnaldo Maza y la defensa fue ejercida por el abogado José Orlando Romero.
Cabe destacar que los jueces darán a conocer los fundamentos de cada uno de los votos emitidos en la sentencia definitiva de absolución el próximo 25 de octubre, tras lo cual el Ministerio Público Fiscal evaluará la posibilidad de presentar la impugnación a la sentencia.

Cinco años de abusos
En su alegato, el Fiscal manifestó que durante el debate había quedado acreditado el hecho, comprobándose quién fue el autor y en qué lugar se produjeron los episodios, que comenzaron cuando las niñas tenían seis años y se extendieron por cinco o seis años en el tiempo. En el relato dado por las víctimas en cámara gesell, no dudaron en indicar al acusado como autor, dando detalles del desarrollo de sus actos, aprovechando el vínculo que mantenía con una familiar de ellas.
Es de destacar que según el psicodiagnóstico efectuado a las niñas, las mismas no fueron inducidas al relato, ni existe fabulación ni fisura del mismo. En el mismo sentido, la Fiscalía señala los testimonios brindados por la familia más cercana, el grado de vulnerabilidad generado por la cantidad de personas involucradas manifestando el aprovechamiento del imputado de esa circunstancia.
También el Ministerio Fiscal se refirió al examen mental realizado al presunto abusador, el cual no muestra ninguna alteración, por lo que aducen que no solo tenía conocimiento sino también voluntad y persistencia a través del tiempo, exigiéndole a las niñas un comportamiento claramente sexual.

Veredicto Polémico
Los Jueces dieron a conocer el veredicto expresándose sobre nulidades planteadas por la defensa, a los psicodiagnósticos realizados, sosteniendo que de tal pericia no fue notificado oportunamente el propio imputado, imposibilitando el ejercicio de sus derechos. Del mismo modo, intentó la nulidad de las cámaras gesell efectuadas con posterioridad. Asegurando que se han violentado las garantías del imputado en lo referente a la realización de las pericias, por lo que anularon las mismas.
Por otra parte, el tribunal sí consideró los resultados de las cámaras gesell, ya que no advirtieron vulneración procesal, ni menoscabo del derecho de defensa en juicio y el debido proceso.
De esta forma, los doctores Arguiano, García y Servent aseguraron que las únicas pruebas contra el acusado son los testimonios de las menores de edad vertidos en cámara gesell, en tanto el resto de las pruebas recibidas fueron catalogadas como «pruebas secundarias». Por lo tanto entendieron que, más allá de la credibilidad que le dieron a las declaraciones de las víctimas no existen pruebas objetivas que permitan dar la coherencia externa a la acusación y que no es suficiente para sostener con el grado de certeza que esta etapa demanda, que el acusado sea condenado en los sucesos penales que le atribuyen, absolviéndolo de las acusaciones.
Sostienen los magistrados que en el caso juega a favor del imputado el principio de la duda y en tal orden votaron por su desvinculación al presente caso, absolviéndolo por el delito de abuso sexual gravemente ultrajante en concurso real con abuso sexual gravemente ultrajante en la modalidad de delito continuado.
De todas formas, y paradójicamente a la absolución, el tribunal reconoció el grado de vulnerabilidad en que se hallaban y eventualmente se hallan las menores, y en tal sentido le solicitan al asesor de la familia para que supervise la situación de las mismas.

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