Redujeron la pena a un condenado por abuso sexual agravado

La Fiscalía investigó un abuso sexual, logró la declaración de responsabilidad penal por un jurado popular y la condena a 12 años de prisión. La Defensa presentó un recurso y la Cámara en lo Penal de Esquel resolvió reducir la condena a 9 años de prisión, al considerar la pena impuesta excesiva y desproporcionada.

El recurso presentado por el imputado pedía declarar nulo el juicio. Argumentó que se le había impedido tener un abogado de confianza. Escasos días antes de la fecha del debate el imputado quiso cambiar de abogado y este pidió que se le dé un plazo para interiorizarse. La jueza técnica se negó a posponer el inicio del juicio por jurados. La Defensa cuestionó que por una decisión administrativa se impidió al acusado que cuente con un abogado de confianza. Por mayoría, ya una de las integrantes votó en disidencia, la Cámara Penal rechazó el planteo.

¿Por qué se redujo la pena?

A pesar de no anular el juicio, los jueces sí se mostraron de acuerdo en que la pena impuesta originalmente era demasiado severa. Consideraron que la jueza de primera instancia no justificó de manera adecuada por qué se había alejado tanto del mínimo legal de 6 años de cárcel.

Los jueces argumentaron que las circunstancias agravantes, como la violencia de género o el daño causado, no eran lo suficientemente graves como para justificar una condena de 12 años, sobre todo si se tiene en cuenta que algunos de los hechos más graves descritos en la acusación inicial no se pudieron probar durante el juicio.

Uno de los jueces señaló que la condena debe basarse en los hechos concretos que se demuestran y no en categorías abstractas. Otro magistrado coincidió en que las circunstancias agravantes valoradas no justificaban la dureza de la pena. Finalmente, el tercer juez, se sumó a la postura de sus colegas, concluyendo que no se había justificado la desproporción de la pena impuesta.

Así, los tres jueces coincidieron en que 9 años de prisión era una sanción más acorde con la gravedad de los hechos que se lograron probar.

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