Preocupación en Tierra del Fuego por posibles riesgos si habilitan salmonicultura
La modificación de la Ley Provincial 1.355, actualmente en debate en la Legislatura de Tierra del Fuego, genera preocupación en comunidades locales, organizaciones y espacios científicos. El proyecto plantea regular “el desarrollo sustentable de la acuicultura como actividad agropecuaria integral” y mantener la prohibición del cultivo de salmónidos exclusivamente en el Canal Beagle.
Según advierten desde el Foro para la Conservación del Mar Patagónico y Áreas de Influencia, «este retroceso deja desprotegidos otros cuerpos de agua —lagos, ríos, costas y aguas marítimas jurisdiccionales— que hoy están alcanzados por la ley vigente. En tanto que la nueva redacción abriría la puerta a la salmonicultura industrial en zonas hasta ahora libres de esta actividad».
Asimismo remarcan que resulta fundamental aprender de los impactos de la experiencia en la Patagonia chilena: “Allí, la salmonicultura ha operado en varios casos con producciones por sobre lo que indica su autorización ambiental, lo cual ha generado impacto en los ecosistemas, contaminación orgánica y química, propagación de enfermedades además de impactos sociales importantes ”, señala Fundación Terram, Chile.
“Proteger solo el Canal Beagle y no todas las aguas fueguinas es como cerrar una puerta y dejar abiertas todas las ventanas. Los ecosistemas no funcionan por partes, son redes interconectadas que requieren una visión integral”, advierte WCS Argentina.
Impactos comprobados de la salmonicultura en el Mar Patagónico
- Contaminación orgánica y química: acumulación de heces, alimento no consumido y uso intensivo de antibióticos y antiparasitarios.
- Propagación de enfermedades y parásitos: transmisibles a peces silvestres y otras especies.
- Interacciones negativas con fauna marina: captura y muerte incidental de lobos marinos, delfines, aves y otras especies.
- Introducción de especies exóticas: escapes masivos de salmones que depredan fauna local y alteran procesos ecológicos vitales.
- Residuos plásticos y materiales: restos de redes, boyas y otros insumos que quedan en el fondo marino y playas.
- Polución visual y acústica que degrada la calidad del paisaje y su valor turístico.
A una decisión de mantener el legado
«En un giro llamativamente veloz, y en medio de renuncias que dejaron un sabor a desconcierto político y de resistencia de parte de una comunidad local empoderada y preocupada por el cuidado del ambiente, este dictamen exprés no sólo reaviva el debate sobre la transparencia y legitimidad de los procesos legislativos, sino que también recuerda que en Tierra del Fuego tenemos una oportunidad —y la responsabilidad histórica— de sostener su papel pionero en la protección de sus paisajes y biodiversidad únicos, un legado que la sanción original de la Ley 1355 buscó garantizar», expresan mediante un detallado informe.
“En caso de que se proceda con la sanción del presente proyecto de ley provincial, estaríamos ante una vulneración del principio de no regresión en materia ambiental. Asimismo, tal avance implicaría un incumplimiento del “Acuerdo de Escazú”, operativo y obligatorio para todas las provincias argentinas, el cual establece estándares vinculantes en materia de acceso a la información, participación pública en los procesos de toma de decisiones y elaboración de normativas, programas y políticas que puedan tener un impacto negativo sobre el ambiente. La omisión de estos mecanismos de transparencia y participación no solo contraviene obligaciones jurídicas, sino que también erosiona garantías esenciales para la protección efectiva del ambiente y los derechos de las generaciones presentes y futuras” explica FARN.
En este sentido, desde el Foro, acompañan la solicitud de las comunidades locales «a ser convocadas en el marco de una discusión democrática transparente, y que los legisladores y legisladoras procedan a dejar sin efecto el pretendido dictamen, por violación reglamentaria sustancial y continuar con el debate que nos ocupa ciñéndose a los procedimientos establecidos por las normas vigentes».
(Fuente: Foro para la Conservación del Mar Patagónico y Áreas de Influencia)