García-Mansilla evitó opinar sobre la constitucionalidad de la dolarización

Durante la audiencia pública de este miércoles en el Senado, el candidato a la Corte Suprema de Justicia Manuel García-Mansilla evitó opinar si la dolarización es constitucional o no, porque “no hay un proyecto en concreto”.

En la tanda de preguntas, el senador radical Martín Lousteau consultó “si piensa que la dolarización, es decir, el reemplazo total de la moneda nuestra por otra, que no controle el Estado, es constitucional o no”, al recordarle que escribió sobre el tema.

Sobre el informe realizado junto a Ricardo Ramírez Calvo, García-Mansilla señaló que el mismo se realizó “en un momento particular durante la campaña electoral del año pasado, donde la dolarización como concepto era un motivo de discusión, más allá de que no existía concretamente un proyecto de ley que uno pudiera analizar”.

“Para poder hacer un análisis sobre si es constitucional o no hay que ver un proyecto concreto”, afirmó. A continuación, introdujo la hipótesis: “Asumamos que para dolarizar se confiscan todos los depósitos en dólares que hay en el sistema bancario. Esa dolarización sería flagrantemente inconstitucional por violación del derecho de propiedad”.

Pero luego puso otro ejemplo: “Asumamos que la dolarización se haga por la vía de un tratado de integración en el marco del artículo 75, inciso 24, debido a que el Mercosur decide que la moneda común es el dólar. Ese proyecto de dolarización podría ser constitucional, en la medida que se cumplan con todos los parámetros”.

“Este Congreso de la Nación le ha dado curso legal a monedas extranjeras en el pasado en varias oportunidades”, recordó e insistió que “para poder opinar seriamente hay que ver el proyecto de ley en concreto” y aclaró que “es el Congreso de la Nación el que tiene la facultad para disponer la dolarización o no”.

El candidato propuesto por el Gobierno remarcó que “toda la contribución que hicimos (con Ramírez Calvo) fue en abstracto, yo no puedo opinar sobre un proyecto en concreto que no existe, y tampoco puedo especular con otro tipo de cuestiones”.

¿Usted dice que cómo se debería interpretar el artículo 75 quedaría a cargo del Congreso y no habría control constitucional después?”, replicó Lousteau y García-Mansilla completó: “En el ámbito de sus atribuciones cada uno de los poderes puede interpretar la Constitución. Obviamente si la interpretación después termina en la afectación de algún derecho constitucional y eso es objeto de un litigio, ahí es la Corte Suprema en su carácter de intérprete final de la Constitución la que termina de interpretar el tema”.

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