TRECE IMPUTADOS POR LA CONTRATACIÓN DE MAQUINARIA VIAL

Comodoro: audiencia preliminar en la causa “Emergencia Climática I”

En la sala de audiencias de la Oficina Judicial del barrio Roca comenzó, este lunes, la audiencia preliminar en la causa conocida como “Emergencia Climática I” en Comodoro, que tiene 13 personas imputadas en relación a la contratación de maquinaria vial con el fin de remediar las consecuencias de la tormenta que azotó la ciudad, entre los días 29 de marzo y 9 de abril del año 2017. La preliminar está estimada por las partes a desarrollarse en tres o más jornadas. Asimismo, no hubo inconvenientes que el fiscal oralice los 36 hechos en forma resumida. Seguidamente los defensores de los imputados plantearon por distintas razones su sobreseimiento; lo cual fue rechazado por el fiscal y finalmente la jueza resolvió que dichos pedidos de sobreseimiento no pueden prosperar en esta instancia, rechazando los mismos.

Emergencia climática I en Comodoro

La investigación se origina como consecuencia de la tormenta denominada “ciclón extra-tropical” que azotó nuestra ciudad entre los días 29 de marzo y 9 de abril de 2017 en la cual según el Servicio Meteorológico Nacional se produce la precipitación de casi 400 mm. de agua que generó consecuencias nefastas en distintas zonas de la ciudad que anegó calles y viviendas. El 5 de abril de 2017 el Consejo Deliberante local declara la emergencia económica, social y administrativa y libera al Poder Ejecutivo local a cumplir con la Ordenanza Municipal de Contratos. Así con el fin de remover el lodo resultante de la tormenta se contratan desde el Municipio 197 empresas, horas máquinas y maquinaria vial. Se confeccionan partes diarios, fraguados, que eran autorizados para sus pagos por los funcionarios Boyero y Palomeque y a su vez por el Contador Pfister, relató el fiscal. Calificando provisoriamente la mayoría de los 36 hechos enunciados como “fraude a la Administración Pública, en concurso real con falsedad ideológica”, en calidad de “autor” o “partícipe necesario” para los imputados.
Entre los imputados se encuentran: Cristian Hernán Lobos Rozas, Joaquín Mansilla, Abel Boyero y Rubén Palomeque; Javier Morales, Julián Astiz, Roberto Monasterolo, los hermanos Cristian y Gonzalo Pérez, Alejandro Herk, Marcelo Van Heerden, Rubén Sartori y Juan Carlos Lara.

Las imputaciones

Del hecho 1 al 6 se imputa a los hermanos Pérez, Boyero, Palomeque y Sartori “el uso de nombres de personas que nunca trabajaron”. Calificando los mismos como “fraude a la Administración Pública” en calidad de “coautores” para los hermanos Pérez, un hecho tentado y 5 hechos consumados, todo en concurso real. Para Palomeque y Boyero” fraude a la Administración Pública”, en carácter de “partícipes necesarios”, un hecho tentado y 35 consumados; y “falsedad ideológica de documentos públicos”, 22 hechos en carácter de “coautores”, todo en concurso real.
De los hechos 7 al 11 se imputa a Lara, Palomeque, Boyero y Monasterolo, de Golfo San Jorge, la “subcontratación de maquinaria que es el primer indicio de corrupción” refirió el fiscal. Imputado a Monasterolo “fraude a la Administración Pública” en carácter de “autor”, 5 hechos; para Lara fraude a la Administración Pública, 3 hechos en carácter de partícipe necesario y 2 hechos en carácter de autor.
El hecho 12 se le imputa a Javier Morales de Patagonia Expeditions, junto a Boyero y Palomeque, por fraguar horas de alquiler de pick up mediante subcontrataciones. Calificando el mismo como “fraude a la Administración Pública” en carácter de “autor”, 7 hechos consumados en concurso real.
Del hecho 7 al 19 para Van Heerden “fraude a la Administración Pública” en calidad de partícipe necesario, 4 hechos, todo en concurso real; y “falsedad ideológica de documentos públicos”, 2 hechos, todo en concurso real.
Del hecho 19 al 25 imputado a Astiz, de Astoil, por inflación en cuanto a las horas trabajadas, y además ninguna de las firmas de los partes diarios eran de los choferes. Calificando el mismo como fraude a la Administración Pública”, siete hechos en carácter de autor para Astiz. A Mansilla por partícipe necesario de Falsedad ideológica.
La imputación a Lobos Rozas, es similar a la de Morales por subcontratación y de una maquinaria que hace figurar como dos, calificando el mismo como fraude a la Administración Pública, en carácter de autor 11 hechos, en concurso real.
En tanto que para Boyero y Palomeque “fraude a la Administración Pública” en calidad de “partícipes necesarios” y “falsedad ideológica” en calidad de “coautores”, un hecho tentado y 35 consumados, todo en concurso real. Para Mansilla “fraude a la Administración Pública” en calidad de “partícipe necesario”, un hecho tentado y 29 consumados; y falsedad ideológica de instrumento público en calidad de autor, 27 hechos, todo en concurso real.
Presidió la audiencia preliminar Mariel Suárez, jueza natural de la causa; por el Ministerio Público Fiscal se hizo presente Héctor Iturrioz, fiscal general; la defensa de Palomeque la ejerció María Cristina Sadino; la de Mansilla, Sartori, Van Heerden, Herk y Lara por María de los Ángeles Garro, ambas defensoras públicas; la de Lobos Rozas y Javier Morales por Ariel Quiroga, abogado de la defensa pública; la de Boyero y Monasterolo por Guillermo Iglesias; y la de Astiz por Fabián Gabalachis; la Dra. Quintana por los hermanos Pérez, abogados particulares de los mismos.

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