PUERTO MADRYN

Concejales sancionaron la ordenanza “Cuidador y cuidadoras domiciliarias o polivalente”

Este jueves se llevó adelante la tercera Sesión Ordinaria en el Concejo Deliberante de Puerto Madryn, donde se trataron diversos temas de interés.

Uno de los primero temas en tratar en el recinto fue el proyecto sobre las tareas y cuidados domiciliarios reguladas por la Ley Nacional Nº 26.844. Cabe destacar que se entiende por “cuidados” a aquellas actividades, tareas y apoyos indispensables para la satisfacción de las necesidades de subsistencia y reproducción de todas las personas a lo largo de su vida, implicando la atención de requerimientos físicos, emocionales, sociales y materiales para el desarrollo pleno de la vida cotidiana.

En este sentido, la edil de Chubut al Frente Leila Zanette se refirió al proyecto aprobado indicando que “esta Ordenanza es el resultado de trabajo de las compañeras pertenecientes al Movimiento Territorial Liberal (MTL), junto a la Secretaría de Desarrollo Comunitario y los integrantes del bloque y surge en el marco de la ampliación de propuestas que mejoran la calidad de vida de las personas con una situación socio-sanitaria de baja complejidad, adultos mayores y personas con discapacidad”.

Además, la concejala sostuvo que “esta Ordenanza plantea una continuidad formativa que garantiza la capacitación hacia la especialización de los cuidadores y cuidadoras que se requiere, no solo por su labor diaria, sino también para la formación de cooperativas como la forma organizativa de ellos”.

Esta norma que fue sancionada este jueves es el resultado de la conjunción legislativa que hace el artículo 43 del Código Civil y Comercial, el artículo 12 de la convención sobre los derechos de personas con discapacidad y la Ley de Salud mental. Estas normas generaron un nuevo paradigma que tiende a proponer distintos sistemas de apoyo a las personas que así lo necesiten.

La actividad realizada por los cuidadores domiciliarios y polivalentes se desarrollan en los domicilios particulares, establecimientos asistenciales, instituciones de salud pública o privada y de la economía social y solidaria.

Así, la ordenanza tiene como finalidad asistir en la regulación de la prestación de los servicios de atención que ofrecen las y los cuidadoras domiciliarias y polivalentes; reconocer, jerarquizar y promover las actividades que realizan las y los cuidadoras domiciliarias y polivalentes; promover la formalización de los servicios de cuidado para las personas que requieran de cuidados domiciliarios y polivalentes por motivos de salud u otro motivo que requiera de un acompañamiento específico; promover una mejor calidad de vida para las personas con patologías crónicas, transitorias o terminales, enfermedades invalidantes, adultos mayores en situación de dependencia, personas con discapacidad, sus familias y cuidadoras, evitando situaciones de marginalización social, aislamiento y abandono; visibilizar, reconocer y fomentar los servicios brindados por los cuidadores.

ÚLTIMAS NOTICIAS