PARA SUPERMERCADOS MAYORISTAS

Argentina: Reglamentaron la Ley de Góndolas

La Secretaria de Comercio Interior finalmente reglamentó la denominada «Ley de Góndolas» para supermercados mayoristas, a través de la resolución 696/2021, publicada en el Boletín Oficial. La nueva legislación «adapta la normativa a las características propias de los canales de venta mayorista», y «adecúa los procedimientos para una correcta fiscalización y cumplimiento», apuntaron desde la Secretaría de Comercio Interior a la agencia oficial Télam.

Asimismo, la repartición conducida por Paula Español señaló que la nueva norma determina que «espacios destinados al acopio de mercadería no serán considerados como góndolas», y subrayó que «se debe señalizar el producto de menor precio por unidad de venta mayorista».

También, explicó que «los espacios de exhibición independientes del salón principal no serán considerados como góndolas». «Los espacios de exhibición identificados como ‘islas’ deben tener un 50% de productos de micro y pequeñas empresas (mipymes) o cooperativas», destacó la Secretaría, puntualizando que «el resto de la reglamentación se aplica de igual manera que para los supermercados minoristas».

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