Los usuarios de Airbnb deberán pagar 28% de Ganancias
Airbnb es la mayor plataforma digital dedicada a los alquileres temporarios en todo el mundo, una actividad comercial que hasta ahora no tributaba, siendo esta característica una de las mayores críticas que recibía desde varios actores del turismo. Pero, desde el primer día de marzo los bancos comenzaron a retener un 28% de Ganancias sobre los montos que la empresa con sede central en California transfiere en el país a sus usuarios que ofrecen sus inmuebles como alojamiento de turistas.
Sin avisos
Esta medida era uno de los mayores reclamos del sector, y aunque era previsible su aplicación, la misma cayó completamente por sorpresa, ya que no existió ninguna comunicación formal o anuncio alguno por parte de la AFIP. Simplemente, lo que ocurrió fue que los bancos a través de los cuales Airbnb paga a los propietarios comenzaron a aplicar la resolución general 830, que está vigente desde 2000 pero nunca se había aplicado en estos casos. Esto fue lo que más desconcertó a los usuarios, que hicieron explotar con sus quejas y preguntas todos los foros vinculados con el tema, ya que serán los dueños de los alojamientos quienes deberán asumir toda la carga impositiva.
Extraoficialmente, según Ambito Financiero, fuentes de la AFIP explicaron que lo que gatilló la decisión de los bancos de aplicar la resolución 830 fue «la habitualidad» que advirtieron en las transferencias a receptores en el país, asociada con el crecimiento que este negocio tuvo en los últimos años.
Lo único que alertó a los propietarios fue un mensaje que recibieron por correo electrónico: «Queremos informarte que a partir del 1 de Marzo de 2018 nuestros socios de bancos, proveedores de pagos, en Argentina comenzaron a retener y remitir el Impuesto a las Ganancias sobre transacciones en pesos, en los términos de la normativa emitida por la Resolución General 830/2000 emitida por Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP)».
La retención, según la condición de cada individuo ante el fisco, para los monotributistas no se realizarán retenciones hasta el tope anual previsto por la AFIP; y para los responsables inscriptos se retendrán impuestos cuando los pagos percibidos por el anfitrión excedan el límite de 5.000 pesos por mes, además se realizará una retención del 6% sobre el monto excedido una vez que supere los 90 pesos. Para los no inscriptos se retendrá directamente un 28% del dinero recibido.