EN CHUBUT TODAVÍA NO FORMA PARTE DE LA AGENDA POLÍTICA LEGISLATIVA

En medio país ya rige la nueva ley de ART

Las provincias que adhirieron a la norma concentran la mayor cantidad de juicios de índole laboral del país, superando un nivel del 90%, según las estimaciones de la Superintendencia de Riesgos del Trabajo. Chubut todavía no lo tiene en su agenda legislativa inmediata. La reforma del sistema de ART se propone reducir la litigiosidad laboral a través de la intervención de las comisiones médicas. También dispone la creación del Servicio de Homologación en el ámbito de las comisiones médicas y del Autoseguro Público Provincial.
Las Pequeñas y Medianas Empresas (PyMEs), particularmente aquellas asociadas a la Cámara Industrial de Puerto Madryn (CIMA), han analizado la situación del sector respecto de la conflictividad y dimensión de los riesgos que asumen las empresas, y en ese contexto advirtieron, meses atrás, la necesidad de que la Provincia adhiera a la nueva ley de ART (Aseguradoras de Riesgo de Trabajo).
Tras la entrada en vigencia automática de la norma en la Ciudad de Buenos Aires se sumaron las provincias de Buenos Aires, Mendoza, Córdoba, Río Negro, Entre Ríos, San Juan y Tierra del Fuego, a las que esta semana se agregaron Jujuy y Corrientes.
La última reforma del sistema de riesgos del trabajo (ART), sancionada en marzo pasado por el Congreso, sumó este jueves la adhesión de las provincias de Corrientes y Jujuy, con lo cual su vigencia ya abarca a 10 de las 24 jurisdicciones argentinas.
Las provincias que adhirieron a la norma concentran la mayor cantidad de juicios de índole laboral del país, superando un nivel del 90%, según las estimaciones de la Superintendencia de Riesgos del Trabajo (SRT).
Tras la entrada en vigencia automática de la norma en la Ciudad de Buenos Aires se sumaron las provincias de Buenos Aires, Mendoza, Córdoba, Río Negro, Entre Ríos, San Juan y Tierra del Fuego, a las que esta semana se agregaron Jujuy y Corrientes.

Comisiones médicas jurisdiccionales

Serán las responsables de determinar si se trata de una enfermedad laboral, cuál es el grado de discapacidad y la indemnización. Los médicos de las comisiones pertenecerán a las ART. Ahora el trabajador deberá asistir de manera obligatoria a estas comisiones, previo a iniciar un juicio. Tendrán un plazo de 60 días para expedirse, que podrá prorrogarse.

Comisión médica Central

Si el trabajador no está conforme con la decisión de la comisión médica podrá apelar a la Comisión médica Central. Una vez agotadas estas instancias, recién el trabajador podrá iniciar un juicio. Es decir, el Gobierno agrega dos instancias administrativas, extendiendo los plazos, hasta que se pueda recurrir a la justicia.

Ubicación de las comisiones médicas

Sólo hay 35 en todo el país y en 16 provincias sólo funciona una oficina. Es decir, que el trabajador que padece una enfermedad o está incapacitado producto de las jornadas laborales deberá trasladarse hasta las comisiones médicas.
Indemnizaciones: en el proyecto oficial original no se establecía un criterio. Luego se introdujo, que la indemnización se estime con el índice RIPTE (Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables), para que no se desactualice por la inflación.

Autoseguro Público Provincial

Se creará el «Autoseguro Público Provincial» para que las provincias y sus municipios y la Ciudad de Buenos Aires puedan «autoasegurar los riesgos del trabajo, respecto de los respectivos regímenes de empleo público local, de acuerdo a lo que establezca la Superintendencia de Riesgos del Trabajo».

Ley de Protección y Prevención Laboral

La Superintendencia de Riesgos de Trabajo enviará dentro de tres meses al Consejo Tripartito Consultivo (integrado por representantes del Gobierno, los trabajadores y las aseguradoras), un anteproyecto de Ley de Protección y Prevención Laboral. Es decir, en tres meses, recién se creará un proyecto de prevención laboral, pero ya aprueban extender los pasos para ir a juicio. No hay cambios concretos en lo que respecta a las jornadas laborales, ni establece comisiones de seguridad e higiene para que sean los mismos trabajadores los que controlen la producción, con el fin de mejorar la calidad de salud y seguridad.

Respuesta más rápida

En el marco de la adhesión de las provincias a la ley de ART (Aseguradoras de Riesgos del Trabajo), el titular de la superintendencia de seguros de la Nación, Juan Alberto Pazo, explicó que la norma establece un sistema de comisiones médicas para dar una respuesta más rápida e integral a los trabajadores y eliminar la litigiosidad.
El funcionario destacó a partir de la nueva ley el sistema será más eficiente. “Antes los procedimientos eran más largos, tediosos y con una respuesta que no era tan atractiva para los trabajadores”, sostuvo.
Con respecto a los beneficios señaló que cuando los trabajadores tengan algún siniestro van a tener una respuesta rápida, mientras las compañías podrán enfocarse en la prevención de los siniestros. “Van a invertir más plata en prevención y sobre todo les va a dar una mayor seguridad jurídica y mayor protección al trabajador”, dijo.
Por último, señaló que también están trabajando en un nuevo régimen de inversiones para que se vuelquen al sistema productivo. “Queremos que las compañías de seguros inviertan en la actividad productiva de cada una de las provincias”, agregó.

Juicios previos a los cambios

Un estudio de la Unión de Aseguradoras del Riesgo del Trabajo sobre 250.000 juicios laborales correspondientes al 73,5% del total de las ART, ingresados previo a la vigencia de la nueva Ley 27.348 que rige el 5 de marzo último, determinó una marcada diferencia entre lo dictaminado por las ART y por las Comisiones Médicas por aplicación del Baremo (Tabla de Incapacidades de la Ley) y lo dictaminado por la Justicia.
Semejante brecha se atribuye a: 1. Utilización de tablas diferentes o cita de varias tablas a la vez, sin especificar el criterio, ni el uso realizado de ellas; 2. El sistema de remuneración del perito, que cobra en función del resultado de juicio (a mayor porcentaje de incapacidad, mayor honorario); 3. Interpretación diferente del Baremo de Ley o de los porcentajes máximos que permite esa tabla de referencia. El documento dio cuenta de que en los casos sin incapacidad conforme al Baremo de Ley, los peritos judiciales dictaminan un 19% promedio. Un ejemplo típico de estos casos son los esguinces o dolencia similares, que generalmente culminan sin incapacidad real y conforme al Baremo de Ley, pero en el ámbito judicial el perito le otorga porcentaje de incapacidad física y además una incapacidad psicológica.
Mientras que en los casos con incapacidad conforme al Baremo de Ley los peritos dictaminan 13 puntos adicionales; pasa de 9,6% promedio a 22,1% promedio para los casos que no han tenido un paso previo por Comisión Médica y pasando de 13,6% a 23,8% para los casos que han tenido un paso previo por esa instancia previa.

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