EL PROYECTO DEBE SER ANALIZADO POR LA COMISIÓN DE PRESUPUESTO

Tuvo dictamen el proyecto de ley de trazabilidad de la pesca

La Comisión de Intereses Marítimos de la Cámara de Diputados se reunió por última vez para tratar el proyecto de ley unificado que crea un sistema único de trazabilidad de los productos de la pesca y la acuicultura con destino al consumo interno o la exportación, con el fin de garantizar la legalidad de las capturas y producciones, el cumplimiento de las normas de inocuidad, calidad y sostenibilidad de estos productos a lo largo de todo su ciclo de vida y de asegurar el acceso a la información trazada.

El proyecto se superpone con la reciente disposición de la Subsecretaría de Pesca de la Nación sobre transacciones comerciales que persigue el mismo fin y a partir de la intervención de las cámaras empresarias y los funcionarios de pesca se generaron hasta último momento modificaciones al texto. Los diputados se felicitaron mutuamente varias veces por haber saltado la grieta, por lograr consenso y un “texto robusto” según expresó la presidenta de la Comisión, Mariana Zuvic. Sin embargo, varios legisladores expusieron sus disidencias respecto del alcance de la norma.

Las mayores críticas las realizó el diputado Agustín Domingo, de Río Negro, que consideró que no existía motivo para apurar la firma del dictamen existiendo aún temas por debatir, dado que no se ha escuchado lo suficiente a las autoridades de las provincias con litoral marítimo ni se ha tenido en cuenta modificaciones sugeridas por el sector.

“Me gustaría saber por qué no se aceptan estos cambios, sobre todo porque quienes los solicitan son los que conocen los pormenores de una ley que puede traer complicaciones, no será la primera vez que sancionamos una ley que es muy buena en sus intenciones, pero después no es aplicable”, dijo el diputado tras indicar que tanto las autoridades como el sector ha sugerido que la autoridad de aplicación sigan siendo la Subsecretaría de Pesca y el Consejo Federal Pesquero y ello no se tuvo en cuenta.

“En cuanto al régimen sancionatorio la sugerencia tanto de la Nación como provincial fue que se remita a la Ley Federal de Pesca que ya tiene un régimen sancionatorio y no que se cree otro, cuya autoridad de aplicación no sabemos cuál va a ser. Sin desmerecer el trabajo, creo que quedan temas por seguir discutiendo, no entiendo el apuro de dictaminar sin evaluar detalladamente estas sugerencias de cambio que son muy importantes”, concluyó.

El diputado Jorge Selva, autor del proyecto, señaló sobre este punto que han contemplado que todo aquello “que tenga que ver con pesca, obviamente lo consideramos dentro de la Subsecretaría de Pesca, las sanciones que correspondan, pero en lo que tiene que ver con trazabilidad, que es un sistema específico, incluimos como sancionable no registrarse, omitir o dar información falsa e introducir productos que no están dentro de la trazabilidad. Ese marco tiene que estar dentro del régimen de sanciones que establece esta ley, estamos convencidos de que hay que sostenerlo, no por capricho sino porque le da fortaleza a la ley”.

Otro punto de debate, que generó firmas en disidencia, fue el tratamiento que recibió la pesca de subsistencia en la que no se incluyó la comercialización, un tema que consideran traerá mucho problema en la pesca continental de pequeña escala, como así también la posibilidad de dar cumplimiento al sector de pesca de pequeña escala.

El proyecto antes de tomar estado parlamentario deberá pasar por la Comisión de Presupuesto, generándose una nueva oportunidad para analizar el texto final y presentar sugerencias de cambio. Los diputados que conforman la Comisión de Intereses Marítimos se mostraron abiertos a seguir mejorando la norma para garantizar su cumplimiento.

Sobre el final del encuentro el diputado Selva tomó la palabra para anunciar que están trabajando en un proyecto de ley sobre bycatch y descarte, aunque no usó la terminología apropiada ni pareció tener demasiado conocimiento del tema: “Nos queda un gran desafío con la pesca residual, con esa gran cantidad de proteínas que se vuelven a tirar al mar, tenemos que encontrar algún mecanismo, tiene que haber una decisión política muy fuerte de liberarle bodega a los barcos que están en la pesca del calamar, del langostino porque nos cansamos de ver el desperdicio de recurso de todo lo que tiene que ver con la pesca que no es objetivo de la embarcación. Desde la cámara estamos demostrando que estamos mirando y estamos pretendiendo articular normativa para recuperar este recurso y esto excede lo partidario y eso nos da un valor adicional”.

Los diputados están mirando la pesca y parecen decididos a regularla en varios aspectos. La fluidez en la comunicación que pueda lograr el sector será determinante para que no ocurra como muchas veces, que llegan cuando el texto ya está terminado, situación que se dio incluso con este proyecto de ley de trazabilidad. Antes que el sector, llegaron las ONGs para debatir los alcances de esta norma.

Alcances del sistema único de trazabilidad de la pesca y la acuicultura

Información requerida

Identificación de cada lote de materia prima; cada lote de producción; la embarcación pesquera o de la unidad de producción acuícola; el permiso de pesca y autoridad emisora; el código 3-alfa de FAO correspondiente a cada especie; fecha y localización geográfica de la captura o la fecha de producción; arte de pesca utilizado; fecha, hora y lugar del desembarco; volúmenes por especie, y cuando proceda, en número de ejemplares, así como las existencias, en caso de corresponder; información sobre los proveedores y destinatarios inmediatos; información al consumidor de denominación comercial, nombre científico, zona geográfica de captura y método de producción; el detalle de la transformación realizada sobre el espécimen, y en su caso si el producto de la pesca ha sido congelado y nivel de congelación; fecha de duración mínima o fecha de caducidad e información sobre alérgenos y/o intolerancias.

Introducción en los circuitos de distribución y comercialización

No podrán introducirse en los circuitos de distribución y comercialización lotes de productos y subproductos de la pesca y la acuicultura que no se encuentren debidamente identificados, de acuerdo a lo que establezca la reglamentación.

Plazos

Dentro de los dos años de publicada la reglamentación de la presente ley, deberá encontrarse plenamente implementado para los productos y subproductos de origen marítimo con destino al mercado interno y a la exportación y dentro de los tres años, la totalidad de los operadores de la cadena de pesca continental y de la acuicultura.

Acceso a la información

La información sobre la trazabilidad de los productos y subproductos de la pesca y acuicultura con destino al consumo interno y la exportación estará disponible en un sitio oficial de internet de acceso público que establecerá la autoridad de aplicación, sin perjuicio del resguardo del secreto industrial y comercial.

Autoridad de aplicación

La Autoridad de Aplicación de la presente ley será determinada por el Poder Ejecutivo Nacional.

Reglamentación

El Poder Ejecutivo Nacional reglamentará la presente ley en un plazo no mayor a ciento ochenta días desde su sanción y deberá convocar oportunamente a un proceso participativo para la elaboración de aquellas. (Revista Puerto)

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