EN LA SEXTA SEMANA DE ZAFRA SE REALIZARON 151 DESCARGAS EN LOS PUERTOS ARGENTINOS

El peso promedio por cajón en las descargas de langostino fue de 16.64 kilos


La Dirección Nacional de Coordinación y Fiscalización Pesquera, perteneciente a la Subsecretaría de Pesca y Acuicultura, informó los resultados de la sexta semana de la zafra de langostino dentro del Área de Veda Permanente de Juveniles de Merluza (AVPJM) comprendida entre el 15 al 21 de julio.
Es así que se ha podido constatar el desembarque de 101 buques fresqueros, de los cuales se han fiscalizado 99 embarcaciones, y 50 buques congeladores de los cuales se lograron controlar 47 de éstos. A partir de los comportamientos observados se han labrado 4 actas de presuntas infracciones por exceso de peso en los cajones en los buques fresqueros las cuales han sido electrónicamente notificadas a las empresas armadoras.
El director Nacional de Coordinación y Fiscalización Pesquera, Julián Suárez, declaró que «en los reportes emitidos en la semana comprendida del 15 al 21 de julio, hemos observado un peso promedio de 16.64 kilos en los cajones descargados en los muelles lo cual evidencia el compromiso por cumplimentar la norma vigente por parte de las empresas armadoras en esta zafra de langostino dentro del Área de Veda Permanente de Juveniles de Merluza (AVPJM). Felicito el gran trabajo del cuerpo de inspectores e inspectoras que están fiscalizando día y noche cada una de las descargas en los puertos de Mar del Plata, Bahía Blanca, San Antonio Oeste, Puerto Madryn, Rawson, Bahía de Camarones, Comodoro Rivadavia, Caleta Olivia y Puerto Deseado.”

Nueva normativa

Por otro lado, a fin de seguir mejorando la calidad de la administración del recurso, la Dirección Nacional de Coordinación y Fiscalización Pesquera estableció un nuevo esquema de imputaciones mínimas de multa por infracciones, referido a la sub declaración o sobre declaración en los volúmenes de captura de las especies informadas en el Parte de Pesca Electrónico y lo constatado mediante el Acta de Descarga, lo cual queda establecido en la Disposición DNCyFP N°21/22.
Por su parte, el subsecretario de Pesca y Acuicultura de La Nación, Dr. Carlos Liberman, afirmó “Junto al director Nacional hemos mantenido varias reuniones con el sector armatorial y en base a la experiencia obtenida durante los trabajos desarrollados en los muelles en torno a las descargas, evidenciamos que la anterior normativa no realizaba distinción alguna respecto a las declaraciones inferiores o superiores de los volúmenes de captura constatados en la fiscalización realizada en muelle.
Poder diferenciar las sanciones respecto a la sub declaración o sobre declaración, es un gran avance hacia una administración más justa y ecuánime.”

Sanciones

El impacto de ambas acciones debe ser rigurosamente analizado. Por un lado, declarar una menor cantidad de recursos pesqueros a los efectivamente capturados, conlleva una penalidad mayor dado que el administrado o la administrada abonará un importe menor de Derecho Único de Extracción (DUE), y se le deducirá una menor cantidad de la Cuota Individual Transferible de Captura (CITC), autorización de captura o el cupo asignado para ejercer las tareas de pesca. Por otra parte, la sobre declaración puede conllevar a distorsionar al relevamiento de los resultados de las capturas, ya que de esa información se derivan las estadísticas científicas que son la base de la regulación para que la pesca comercial se mantenga dentro de los niveles aceptables para la preservación de los recursos, lo cual implica una penalidad menor.
Es así que, anteriormente la norma previa la misma imputación mínima para las dos acciones antirreglamentarias. De esta manera, lo que se resolvió es que en el supuesto que se detectase una sub declaración en los volúmenes de las especies declaradas en el Parte de Pesca Electrónico y las constatadas mediante el Acta de Descarga, el monto mínimo de sanción será de 3.000 UP (Unidades de Pesca), en cambio cuando se verificase una sobre declaración el monto mínimo de sanción será de 1.000 UP (unidades de pesca).
Esta disposición comenzó a regir a partir del lunes 25 de julio de 2022, día que se publicó en el Boletín Oficial.

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