LOS HECHOS DE “VIOLENCIA DE GÉNERO” INVESTIGADOS OCURRIERON EN 2020 EN TRELEW

Enjuician a expolicía que sometió sexualmente a su pareja a punta de pistola

En la sala de la Cámara Penal de los tribunales en Trelew comenzó el juicio oral donde el Ministerio Público Fiscal a través del fiscal general Marcos Nápoli, quien es acompañado por la funcionaria de fiscalía Florencia Palucchini, acusa a una persona que ejercía como empleado policial por graves hechos cometidos en el marco de violencia familiar y de género.
El doctor Nápoli enfatizó en su alegato de apertura que quedará acreditado durante el debate la participación del acusado en los dos hechos que se le endilgan, siendo el primero de ellos el acontecido el 8 de marzo de 2020 cerca de las 00,30 cuando el mencionado se presentó en un comercio de Trelew, donde estaba trabajando su ex pareja y madre de su hijo. Ella, por temor ingresó a la cocina, pero él la siguió, la levantó del cuello y golpeó su cabeza contra los azulejos mientras la celaba con un compañero, también empleado policial, que lo había acompañado hasta allí.
Luego la llevó hasta una camioneta, donde la fue insultando y amenazando todo el camino, exigiéndole que hiciera lo que le pedía sino le hacía algo al nene, en referencia al hijo en común de tres años en aquel momento. En algún momento extrajo una pistola de entre sus ropas para intimidarla, le quitó el cargador y lo volvió a colocar, y así fue que la obligó a ir hasta su domicilio donde la sometió sexualmente en forma violenta, siempre bajo amenazas, ante la resistencia de la víctima. Después, la llevó de regreso al comerció donde la buscó. En ese trayecto siguió insultándola y al llegar al local la amenazó de muerte advirtiéndole que si llegaba a decir algo mataba a su familia y al nene, hasta que finalmente permitió que descienda del vehículo y regrese al negocio
Posteriormente continuó hostigándola, llamándola por teléfono, ella le mandaba la ubicación y él siguió con video llamadas y mensajes con insultos, donde le decía que iba para su casa a hacerle algo a ella, al niño, a su familia, preguntándole si tenía alguna relación con otro hombre y, exigiéndole la entrega de treinta mil pesos a cambio de dejarla tranquila.
La Fiscalía refirió que el segundo hecho presentado sucedió entre los días 12 y 14 de junio de 2020, cuando el imputado sabiendo lo que hacía, quebrantó la prohibición de acercamiento dispuesta por la Jueza de familia, doctora Apaza, en fecha 8 de marzo del mismo año por el plazo legal de 180 días, puesta en conocimiento del nombrado en la misma fecha. Bajo esa circunstancia, intentó en veintiocho oportunidades comunicarse telefónicamente desde su teléfono celular al de la mujer, aún sabiendo que debía abstenerse de realizar cualquier acto que implique por cualquier medio hostigar, intimidar, amenazar, dañar o poner en peligro la vida de la señora y su hijo. Ante todo esto, la mujer denunció este hecho en la comisaría de la mujer de Trelew, donde manifestó que a pesar de la medida dispuesta por la Jueza, el hombre continuaba molestándola.
Detalló el fiscal que la calificación por la que se juzga al empleado policial es debido a que los hechos relatados reúnen los elementos típicos exigidos en las figuras de lesiones leves agravadas por el vínculo, en concurso real con abuso sexual con acceso carnal por vía oral, amenazas agravadas por el uso de arma de fuego, coacción y desobediencia reiterada, en calidad de autor, artículos 92 en función del 89, 119 3er. Párrafo, 149 bis, 239, 55 y 45 del código penal, en el marco de violencia familiar y de género, leyes XV Nro. 12 de Chubut, ley nacional 24685 de protección integral a las mujeres y convención sobre todas las formas de discriminación contra la mujer.
Destacó que no se advierte la existencia de causas de justificación ni de inculpabilidad previstas en el código que autoricen a relevar o atenuar la responsabilidad del acusado y pidió a los miembros del tribunal de enjuiciamiento poner especial énfasis en la perspectiva de género que debe tenerse en casos como éste, mencionando normas y convenciones internacionales. Se explayó indicando que los testimonios y pruebas documentales serán contundentes para acreditar lo expuesto en la acusación.
La defensa es llevada adelante por Martín Castro y Rodrigo Miquelarena y alegaron que tratarán de acreditar la falta de mérito para responsabilizar a su cliente, y probarán que no existe la materialidad del hecho.
Luego se pasó a un breve cuarto intermedio, tras el cuál comenzó la convocatoria de testigos, en primer término por parte del Ministerio Público Fiscal, los que deponen ante el cuerpo colegiado integrado por los Jueces Rey, Gustavo Castro y Fabio Monti.

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