ACTUALIZACIÓN DEL PISO DEL IMPUESTO

Ganancias: desde enero se paga a partir de sueldos de $ 226.000

A partir de 2022, pagarán el impuesto a las Ganancias los trabajadores que tengan un salario bruto superior a 225.937 pesos. Ese monto surge de la actualización del piso salarial mensual de $150.000 fijado por la ley realizada mediante el índice salarial Ripte, que alcanzó un 50,62%, según informaron desde Casa Rosada.
No se va a descontar Ganancias del medio aguinaldo siempre que el sueldo no supere los $ 226.000 y pagaran menos impuesto los salarios mensuales ubicados entre $225.937 y $260.580 brutos.
La posibilidad de Gobierno de actualizar el piso del impuesto a las Ganancias para los trabajadores en relación de dependencia llegó a través de la ley aprobada en Diputados el martes pasado que modificó Bienes Personales.

Empleos registrados

Con la aplicación del 50,62% la deducción por cónyuge se incrementará a $235.457,25 mientras que por hijo es de $118.741,97 y llegará a $237.483,94 en el caso de los hijos incapacitados para el trabajo.
En el caso de declararse el pago de salarios por servicio doméstico, el máximo que se descontará en 2022 del ingreso sujeto al impuesto pasará de $167.678,40 a $252.564,84 (y lo mismo en el caso de la deducción por alquiler de vivienda).
El Ripte (remuneración imponible promedio de los trabajadores estatales) es un índice mensual, publicado cada mes por el Ministerio de Trabajo, que refleja la variación de los salarios sujetos a aportes de los trabajadores formales registrados.

Modificaciones

Para compensar los efectos de la inflación, durante 2021 el piso a partir del cual se debe pagar Ganancias para los empleados en relación de dependencia fue elevado en dos oportunidades. La primera de ellas fue cuando se fijaron los ya mencionados $150.000 brutos en junio a través de la ley 27.617.
La posibilidad de Gobierno de actualizar el piso del impuesto a las Ganancias para los trabajadores en relación de dependencia llegó a través de la ley aprobada en Diputados el martes pasado que modificó otro impuesto, el de Bienes Personales.

Autónomos y jubilados

En el caso de las personas que están en el régimen de autónomos, la deducción general para determinar el impuesto a las ganancias pasará de $503.035,19 a $757.694,50 con lo cual, de no aplicarse ninguna deducción por familiares o por gastos, se tributaría desde ingresos de $63.141 mensuales, en promedio. En caso de tratarse de “nuevos profesionales” o “nuevos emprendedores” según las condiciones de las normativas, esa deducción anual general se incrementará de $586.874,4 a $883.976,96.
Para las jubilaciones y pensiones, una disposición legal especial define que el mínimo no imponible equivale a ocho veces el haber mínimo (actualmente esa cifra es de $232.493), pero solo si se cumplen determinadas condiciones: no se deben percibir ingresos de otras fuentes, además de la previsional (o, en caso de tenerlos, deben ser ingresos de monto bajo, no superiores a $167.678,4 en todo 2021 y no mayores a $252.564,84 en todo 2022) y no se debe estar alcanzado, en función del patrimonio, por el impuesto a los Bienes Personales. De no cumplirse esos requisitos, las jubilaciones y pensiones están sujetas a Ganancias en iguales condiciones que los salarios.

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