LA JUSTICIA CONSIDERÓ QUE EL ORGANISMO INCURRIÓ EN "GRAVES FALENCIAS" AL OTORGAR LA ADJUDICACIÓN

La Justicia falló en contra del INAI en una causa por terrenos cedidos a mapuches

La Cámara en lo Contencioso Administrativo anuló una resolución impulsada por la presidenta del Instituto Nacional de Asuntos Indígenas (INAI), Magdalena Odarda, que reconocía la propiedad de un predio cedido a una comunidad mapuche de la localidad de Bariloche, en Río Negro.

En tal sentido, la Justicia consideró que el organismo incurrió en «graves falencias» al elaborar la Resolución 90/2020, determinando su nulidad tras un amparo presentado por la persona propietaria de las tierras en disputa.

Según el fallo judicial, Odarda omitió cumplir con el debido proceso adjetivo previo a su dictado “afectando con arbitrariedad e ilegalidad manifiesta el derecho de defensa del actor, motivo por el cual corresponde hacer lugar a la acción de amparo promovida y declarar su invalidez”, a la vez que el Estado debe “asegurar a las comunidades indígenas el pleno goce, posesión y propiedad de las tierras que tradicional e históricamente ocuparon, mediante la implementación de procedimientos administrativos (así como también legislativos y judiciales) que, con el objeto de llevar a cabo tal propósito, resguarden el derecho de defensa no sólo de los colectivos aborígenes sino también de los individuos cuyos intereses legítimos pueden verse directamente afectados por las medidas adoptadas”, según aporta el documento.

En el mismo contexto, «se evidencia que, ante supuestos de conflicto entre el derecho a la propiedad de las comunidades aborígenes y el de los particulares, el conjunto de normas de carácter internacional aplicable a la materia impone a los Estados el deber de implementar los mecanismos pertinentes para arribar a soluciones que resguarden y compatibilicen en forma efectiva los derechos de ambas partes, sin que resulte suficiente ni aceptable, lógicamente, la adopción de medidas unilaterales que sólo contemplen la situación de una de aquéllas”, figura la Resolución judicial.

ÚLTIMAS NOTICIAS