LA FISCALÍA DE RAWSON PIDIÓ DESESTIMAR Y EL JUEZ DEFINIRÁ ESTA SEMANA

Arcioni enfrenta otra denuncia por “incumplimiento de deberes de funcionario público”

La última semana tuvo lugar una nueva audiencia enmarcada en la denuncia presentada por el abogado Ricardo Gabilondo contra el gobernador Mariano Arcioni, por el delito de “incumplimiento de los deberes de funcionario público”.
La misma había sido radicada por el letrado en diciembre de 2019 en la Fiscalía de Puerto Madryn, que se declaró incompetente para llevar adelante la causa; ello hizo que esta última recayera en la Fiscalía de Rawson a cargo de Fernando Rivarola, quien consideró que debía ser desestimada ya que los decretos “son decisiones políticas”, de acuerdo a lo expuesto por el abogado al frente del expediente.
Ahora, el juez César Zaratiegui, quien presidió la audiencia del día martes, deberá expedirse dentro de un plazo máximo de 72 horas para resolver si finalmente la denuncia debe ser desestimada, o continuar su curso.

Bicicleta de DNUs

Según indicó Gabilondo, “la denuncia la interpuse en diciembre del año pasado, ya que por intermedio de estos decretos, habiendo finalizado la vigencia de la última Emergencia Económica en enero de 2019, y ante el no dictado de una nueva ley homónima, el Poder Ejecutivo Provincial comenzó a emitir Decretos de Necesidad y Urgencia (DNU), justamente por la falta de acuerdo legislativo para dictar una ley de Emergencia Económica”.

Todas las instancias transcurridas

Una de las consecuencias directas de la Emergencia es la falta de pago a quienes han ganado juicios al Estado, los cuales tienen tendencia firme: “En mi caso particular, lo que motivó la interposición de la denuncia obedecía a la imposibilidad de llevar adelante ejecuciones de sentencias firmes contra el Estado Provincial. Una de ellas, incluso, con pronunciamiento definitivo en el Superior Tribunal de Justicia, habiendo transcurrido todas las instancias”, explicó el abogado.

La ley

Por otra parte, recordó que “desde diciembre de 2016, la Ley Provincial I 209 establece un período de un año para poder ejecutar las sentencias firmes y con una litigación aprobada, lo cual tiene que ver con la incorporación de esas partidas presupuestarias dentro de la Ley Presupuestaria para el año subsiguiente; y cumplido ese plazo, después de ese año está en condiciones de ejecutar”, aunque aclaró que “cumplido el año aparecían estas leyes de Emergencia Económica, que suspenden la posibilidad de ejecutar las sentencias firmes contra el Estado Provincial, por un plazo normalmente estipulado en 12 meses”.

Madryn se declaró incompetente

En relación a la audiencia en cuestión, Gabilondo relató que “la denuncia fue interpuesta en diciembre de 2019 en el Ministerio Público Fiscal de Puerto Madryn, por ser la ciudad donde estoy radicado y donde llevo adelante mi actividad profesional, pero este consideró que era incompetente en razón del territorio, por eso remitió las actuaciones a la circunscripción de Rawson; entendían que debía tramitar allí”, dijo y agregó que el caso lo tomó el fiscal jefe de Rawson, “Fernando Rivarola, y después de haber pedido algún tipo de información en la Legislatura, consideró que la denuncia debía ser desestimada”.

Rawson pide desestimar la causa

De acuerdo a lo manifestado por el letrado, “según su entendimiento, los decretos trataban de decisiones políticas, que no eran susceptibles de ser atacadas o controvertidas por la vía del Derecho Penal; entonces, ante ese desistimiento, el Código Procesal Penal de Chubut prevé la posibilidad de pedir la revisión de la desestimación de la denuncia ante un juez penal, y justamente solicité la medida, por lo que se fijó la fecha para la celebración de la audiencia, que se realizó vía web y fue presidida por el doctor César Zaratiegui”. Desde el martes, el plazo máximo para que el magistrado se expida es de 72 horas; sin embargo, el mismo podría extenderse considerando que Zaratiegui solicitó los antecedentes de la causa y ello podría extender la espera.

Procastinación de obligaciones

Uno de los casos más resonantes de mala praxis en Chubut fue el que tuvo como damnificada a Fanny Huenchul, quien desde hace cuatro años aguarda el resarcimiento del Estado Provincial tras haber obtenido sentencia favorable en el juicio: “Me tocó intervenir y patrocinarla, y llevamos adelante el juicio. Todavía quedan algunos montos por cancelar, no se ha podido terminar de liquidar ese juicio, pero la implicancia que tiene esto para cualquier persona que haya sufrido daños y perjuicios, como fue en el caso de ella, o bien el caso de un proveedor del Estado que le haya prestado un servicio o le haya vendido mercadería, aquí las leyes (y decretos) de Emergencia Económica desde 2015 hasta ahora han postergado de manera recurrente el cumplimiento de sentencias judiciales”, manifestó el abogado.

Crisis crónica

En esta línea, Gabilondo planteó que “no se trata solamente de que un proveedor o acreedor del Estado presente un papel y diga ‘yo quiero cobrar’, sino que en realidad ya han concurrido a tribunales, la provincia se ha presentado y ejercido su defensa, se ha dictado sentencia, la misma luego de ser recurrida queda firme, y a pesar de haber transcurrido todo eso y de haber ido por la vía correspondiente, que es la de la ejecución judicial, tampoco se ha logrado obtener respuestas”.
Asimismo, puntualizó que “en este estado de Emergencia (Económica) crónico el Estado sigue funcionando y asignando recursos para otro tipo de funciones, las cuales no necesariamente son urgencias; esto lo puede ver cualquiera que se dedique a ver el Boletín Oficial que sale todos los días; allí se puede observar la cantidad de fondos que se destinan a distintos motivos que no son necesariamente de urgencia”.

“Es un mecanismo perverso”

La actual Emergencia Económica culminará su plazo en julio de 2021, y su continuidad sentaría un precedente prácticamente inédito en el ámbito de la provincia de Chubut: “En el caso de la denuncia que formulé, entendía que se incurriría en abuso de autoridad por el dictado de Decretos de Necesidad y Urgencia, es decir que la vía no sería esta última en esta materia, ya que el artículo 156 de la Constitución Provincial lo prohíbe expresamente, cuando suscribe que no se puede legislar mediante DNU en materia presupuestaria. Esos decretos se usaron como herramienta legal con un mecanismo bastante perverso, que era dictarlo, y una vez que cayera volver a dictar otro a lo largo de 2019, ya que el año pasado no se logró dictar una ley de Emergencia Económica, lo cual sí ocurrió a fines de diciembre de 2019, entrando en vigencia en enero de 2020”.

Para la expropiación de Alpesca habría fondos

En este contexto, el letrado analizó que, “esta ley de Emergencia Económica se dispuso por 18 meses, por lo cual aproximadamente en julio de 2021 dejaría de tener efectos; habrá que ver si deciden renovarla o, en su defecto, volver a recurrir a este mecanismo viciado, por cierto, que son los Decretos de Necesidad y Urgencia para volver a postergar el cumplimiento de obligaciones judiciales; que, paralelamente, la provincia por otro lado sigue teniendo que afrontar, y los honra, a los cumplimientos de acreedores financieros, por ejemplo; incluso se reservan fondos en la propia ley para casos como la expropiación de Alpesca, que no tiene ni siquiera sentencia firme; entonces, se advierte que estas regulaciones ponen de manifiesto un tratamiento desigual de los acreedores de la provincia”.

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