NO SE PERMITE REALIZAR EXTRACCIONES DE EFECTIVO

Los préstamos a tasa cero solo se pueden utilizar a través de tarjetas de crédito

En el marco de las medidas económicas de emergencia adoptadas por el gobierno argentino durante el aislamiento social, preventivo y obligatorio, los monotributistas y autónomos que reúnan las condiciones necesarias pueden acceder a los créditos a tasa cero que ofrece la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP).
Tal como especifica la página web del organismo, “el monto que podrá solicitar cada persona depende de la categoría en la que está inscripto. El máximo previsto por la normativa es de 150.000 pesos”.
Una vez que la solicitud sea aprobada, el Banco Central se pondrá en contacto con la entidad que le corresponda a cada beneficiario y se avanzará con el trámite. En caso de concretarse, los fondos se acreditarán en la tarjeta de crédito indicada en tres desembolsos sucesivos e idénticos.
El Diario dialogó con beneficiarios de créditos a tasa cero, quienes precisaron los procedimientos que tuvieron que sortear para poder acceder a los préstamos. “La primera parte es sencilla porque te tenes que meter desde la página de la AFIP donde hay un apartado específico y ahí ellos ya tienen predeterminado cuánta plata podes solicitar. Eso te lo acreditan en tres cuotas en una de las tarjetas de crédito que vos tenes”, precisó un beneficiario.
Además, explicó que el dinero que se acredita sirve nada más que para hacer compras y “no sirve para otra cosa”, por lo que tampoco no hay habilitación para retirar efectivo.

Devolución del crédito

En cuanto a la devolución del dinero que reciben los autónomos que solicitaron este tipo de préstamos, los mismos se hacen cancelando a partir de diciembre de este año las compras realizadas con la tarjeta en cuestión. En los casos de haber solicitado una nueva para acceder a estos créditos la cuestión es bastante simple, ya que se pagan esos créditos.
En caso de que se utilicen tarjetas que ya eran propiedad de los beneficiarios, todos los créditos que se gasten hasta el monto habilitado por el crédito se pagarán como si correspondieran al crédito, por lo que no hay una discriminación específica de las erogaciones.
Es decir que si una persona tenía gastos fijos por 10.000 pesos en su tarjeta habitual y se le habilita un crédito en donde la cuota mensual permitida será de 20.000 pesos, los primeros 10.000 (que corresponden a gastos fijos) pasarán como beneficio del préstamo.

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