Distribuidoras de gas deberán refacturar el servicio

A través de la Resolución 35/2020 del Enargas publicada este jueves en el Boletín Oficial se dispuso que las empresas estimen los consumos de los hogares utilizando el menor registro correspondiente al mismo período de los años 2017, 2018 y 2019.

Hasta ahora las empresas tomaban el promedio de igual período de los últimos dos años y no el más bajo dentro de los últimos tres años.

Federico Bernal, interventor del Enargas, aseguró que la decisión tiene como propósito “llevar tranquilidad a la ciudadanía”. La semana pasada, el organismo emitió la Resolución 25 que obliga a las licenciatarias a reintegrar a usuarios aquellas sobrefacturaciones detectadas.

Bernal explicó además que a los usuarios que recibieron facturas con consumos superiores a los reales, las empresas les deberán reintegrar el exceso en la primera factura que se haga a partir de una lectura real.

En tanto los usuarios que pagaron de menos a su distribuidora porque hubo consumos estimados inferiores a los reales, pagarán esa diferencia en tres cuotas en las facturas emitidas con consumos a partir del 1° de septiembre (que se abona en octubre).

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