EL EJECUTIVO VETÓ LA LEY APROBADA, PERO SE COMPROMETIÓ A ENVIAR OTRA INICIATIVA

Acuerdan debatir un nuevo proyecto de ley de Fondo de Infraestructura Escolar

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El gobernador Mariano Arcioni vetó la Ley que había sido aprobada por los diputados el 14 de noviembre creando el Fondo de Infraestructura Escolar, pero inmediatamente se informó a la Legislatura que se trabaja en otra propuesta con el mismo objetivo. De este modo, el Ejecutivo habría logrado que los legisladores no insistan con la ley tal como se había aprobado anteriormente y le dieron una nueva oportunidad a Arcioni para que decida sobre el origen de los fondos.
El Gobierno de la Provincia confirmó que el próximo martes 10 de diciembre, enviará el nuevo proyecto de Ley del Fondo de Infraestructura Escolar a la Legislatura del Chubut para su tratamiento.
A través del decreto N° 1348, el Ejecutivo informó que “actualmente la Fuente de Financiamiento 368 Bono de compensación de hidrocarburos, financia el mantenimiento y la infraestructura escolar en un porcentaje superior al indicado en el proyecto de ley, cercano al 15%”, señalando que “para el ejercicio 2019 se destinó presupuestariamente un 19,20%” proveniente de dicha fuente.
El Decreto agrega que “el artículo N° 74 de la Ley XVII N° 102 establece claramente que los fondos recaudados en concepto de Bono de Compensación de Hidrocarburos para el desarrollo sustentable deberán ser utilizados para realizar inversiones de infraestructura, diversificación de la matriz energética y productiva y ordenamiento urbano, a los efectos de que esas inversiones contribuyan con el desarrollo sustentable del territorio. Estos recursos no podrán ser destinados a solventar gastos corrientes”.
Asimismo, sostiene que “la afectación de recursos implica una restricción de la capacidad de manejo de los fondos públicos, es decir una limitación a la autonomía de la gestión pública. Y que la injerencia excesiva del poder Legislativo en las acciones del Gobierno, además de menoscabar la autonomía del Ejecutivo y restringir la facultad de administrar los recursos del estado, acarrea la necesidad de un control específico sobre esas afectaciones”.
Finalmente se expone que “la afectación de recursos con su consiguiente depósito anticipado en una cuenta especial, provoca una reducción de los fondos disponibles que, en el caso de gastos de capital, se pueden extender en el tiempo por varios meses, período en el cual esos fondos son inutilizados”.

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