ADUCEN QUE OTROS ESTAMENTOS Y EMPRESAS NO CUMPLEN CON ESE REQUERIMIENTO

Taxistas se oponen a pagar el carnet sanitario municipal

Desde la Asociación de Propietarios de Taxis enviaron una nota a los concejales solicitando la exención del requisito de tramitar la libreta sanitaria para poder trabajar; el pedido estuvo fundado en que otros sectores y empresas de la ciudad, algunas de las cuales cumplen funciones similares, no están exigidas al respecto.
Actualmente funcionan en la ciudad unas 137 unidades de taxis, más los remises, que no están alcanzados por el pedido realizado a los ediles.
Si bien la nota fue ingresada días atrás, no sería tratada en el recinto durante la próxima Sesión Ordinaria por no haber sido previamente evaluada en Comisión; teniendo en cuenta el diálogo fluido de los taxistas con autoridades municipales y con los propios ediles, se descarta que en los próximos días los choferes serían convocados a una reunión para evaluar las posibilidades de que dicha exención se concrete, algo que presentaría dificultades ya que implicaría modificar la Ordenanza que rige el servicio de taxis, la cual hace referencia a una Ley nacional que menciona un certificado médico, mientras que el requerimiento local es el carnet sanitario, que tiene un costo de poco más de 600 pesos, el cual los choferes deben abonar por su propia cuenta.

Otros sectores no lo utilizan

En este sentido, el pedido fue extensivo tanto a los choferes de taxis como a los propietarios para que no tengan que dar cumplimiento a lo requerido por la Ordenanza, ya que actualmente están obligados a tramitar el carnet sanitario, “mientras que otras empresas y sectores están en la misma condición y no se les exige”, según indicó uno de los choferes en diálogo con El Diario, agregando que “uno de los casos es el de Ceferino del Sur, donde los choferes hacen el mismo trabajo que nosotros y no se les pide, y lo mismo ocurre con los choferes de ambulancias del Hospital, sin mencionar empleados municipales, concejales y todo lo relacionado a la estructura municipal”.
Por ende, ahora buscarán quedar exentos de tener que tramitar dicho carnet, ya que el mismo representaría un costo que otros sectores no están obligados a abonar: “Si no lo tenemos, a los que nos hacen una infracción es a nosotros”, señaló otro chofer.

Qué dice la normativa actual

El servicio público de taxis está actualmente regulado por la Ordenanza 5.211, que data del año 2004 y fija cuestiones como la cantidad de móviles que tendrá la ciudad, en razón de uno cada 850 habitantes, cifra que actualmente se ajusta a los más de 100 mil ciudadanos que residen a nivel local.
Al mismo tiempo, para la obtención de la licencia, uno de los requisitos consiste en “presentar certificado médico conforme a la Ley 24.449, expedida par Salud Pública, el que deberá renovarse anualmente” y el cual “contendrá la determinación de la capacidad psicofísica para este servicio; indicará no padecer enfermedad infectocontagiosa, ni presentar insuficiencias orgánicas que impidan la conducción de vehículos”, entre otros.
Esto último puede ser subsanado por cualquier servicio sanitario público, no obstante la exigencia local tiene que ver no con la normativa nacional, sino con la Ordenanza local que implica que los choferes deban realizarse, entre otros estudios, el análisis de sangre, examen bucodental y otros trámites, a un costo de 640 pesos, el cual consideran recaudatorio.

Categorías exigidas

Según lo establece el Municipio, “el carnet sanitario es de carácter obligatorio y es un documento personal e intransferible a todas las personas que interactúan de una u otra forma, con el público en general y que desarrollen actividades, rentadas o no, en: fábricas, establecimientos y comercios dedicados a la elaboración, procesamiento, distribución de productos alimenticios, cualquiera sea su rubro o categoría, especialmente aquellos relacionados con la manipulación y comercialización de productos alimenticios”, agregando “empresas de transporte público o privados en todas las categorías”.
Además, destaca que el carnet “es una herramienta que implementa la administración local con la finalidad de cumplir con una de las funciones primarias del Municipio que es prevenir y salvaguardar la salud y el bienestar de la población en general, en especial la de los niños, quienes se encuentran más expuestos a enfermedades infectocontagiosas. Además de adecuarse y cumplir con el Código Alimenticio Nacional y normas impartidas por el Mercosur”.
Esto último también está regido por la Ordenanza 3.927, modificada por la 4.029 de 2001, que establece la obligatoriedad de disponer del carnet para cumplir tareas en diferentes rubros.

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