SE LLEVÓ A CABO LA AUDIENCIA PRELIMINAR POR ADMINISTRACIÓN FRAUDULENTA

Definen si enjuician al intendente electo de Sarmiento

En la ciudad de Sarmiento, se desarrolló la audiencia preliminar de juicio en el marco de una causa judicial por el delito de administración fraudulenta agravada por haber sido cometida contra la administración pública. En la misma fueron acusados el ex intendente y a la vez intendente electo Sebastián Balochi, y el ex funcionario municipal Rubén Camarda. Asimismo, el empresario Pablo Diez fue imputado como partícipe necesario en ese delito.
En este contexto, la fiscal Laura Castagno requirió al juez Jorge Novarino que eleve la causa para que se realice un juicio oral y público contra los acusados. En tanto, los abogados de la defensa pública, Gustavo Oyarzun y Marcelo Catalano, asesores legales de Balochi y Camarda, peticionaron el sobreseimiento de sus defendidos y que se rechace el pedido de dictar el auto de apertura a juicio oral. Este mismo requerimiento fue efectuado por al abogado particular Guillermo Iglesias, respecto al titular de la empresa «Caño Sur S.A».
Finalmente, el magistrado se retiró para analizar las peticiones efectuadas por las partes, e indicó que en el plazo de cinco días dará a conocer su resolución.
En el inicio del acto judicial, se informó que el ingeniero Carlos Almeira y el ex secretario de hacienda Daniel Miguenz ya habían sido desvinculados de la causa, por lo que no era necesaria su presencia en la audiencia.
Luego, la representante del Ministerio Publico Fiscal dio lectura a la pieza acusatoria. En este sentido, enumeró y detalló los medios de prueba testimoniales y documentales que presentará si la causa supera la instancia preliminar.
A su turno, el defensor público Marcelo Catalano sostuvo que la pieza acusatoria no describe acción típica penal alguna, siendo atípica la conducta atribuida a los acusados. En este marco, explicaron que la figura penal escogida por el Ministerio Publico Fiscal requiere que el dolo específico de la misma, actuar para causar el daño o el lucro indebido para terceros, se haya concretado siendo cierto y determinado el monto de cada uno de ellos. Los defensores públicos indicaron que en la acusación, la fiscal Castagno no atribuye certeramente el haber causado un daño, ni que terceros tuvieron un lucro indebido. A ello agregaron que la investigadora se mantiene siempre en el ámbito de las potencialidades.
Entre otras observaciones, Oyarzun y Catalano expresaron que llama seriamente la atención, el brutal desconocimiento de parte de la acusadora, de la dinámica de la administración pública municipal en lo relacionado con las compras y contrataciones, así como el circuito administrativo que se debe seguir.
La pieza acusatoria señala que entre los meses de junio y agosto del 2015, mediante resolución n° 528/15, el intendente Sebastián Ángel Balochi, junto al secretario de gobierno y coordinación de gabinete Rubén Alberto Camarda, decidieron adquirir- mediante concurso privado de precios- 33 palmas de alumbrado público por el valor de 678.810 pesos. Estos elementos debían ser destinados a la iluminación de la Avenida 2 de abril.

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