LA ESTRATEGIA FUE DEFINIDA EN UNA CUMBRE DE FISCALES DE ESTADO Y MINISTROS DE ECONOMÍA

Provincias piden a la Corte que intime a Nación a cumplir el fallo

Fiscales de Estado y ministros de Economía de 18 provincias acordaron volver a la Corte Suprema el viernes para pedir que intime al Gobierno de Mauricio Macri a cumplir, bajo apercibimiento de sanciones, con la medida cautelar y pagar ya la compensación derivada del reciente fallo del máximo tribunal que ordenó a Nación financiar el costo fiscal de las medidas presidenciales post PASO sin erosionar la coparticipación.
Precisamente, la discusión sobre el monto sigue con final abierto por las dificultades para elaborar ese cálculo (involucra a tributos de naturaleza distinta).
Por de pronto, los gobernadores pretenden que la AFIP se expida respecto del monto, mientras que algunos distritos se apoyan en un informe de la Oficina del Presupuesto del Congreso que estimó en 47.395 millones de pesos el costo de las medidas para las provincias.

Cobros sin demoras

La avanzada terminó de pulirse en la sede porteña de la Comisión Federal de Impuestos (CFI), donde se autoconvocaron los enviados provinciales para blindar los pasos a seguir, informó.
Hubo en rigor funcionarios de 18 provincias, porque a las 15 que iniciaron la acción judicial originaria se sumaron tres que no accionaron aún: Mendoza, Chaco y Río Negro.
El mandato de los gobernadores es claro: avanzar en el cobro sin demoras, frente a las primeras estrategias dilatorias que brotaron desde la Casa Rosada.
Por eso ahora definieron avanzar en la estrategia de intimación de pago.
En la mesa en la CFI se sentaron enviados de 18 provincias: Entre Ríos, San Luis, San Juan, Tucumán, Catamarca, Chubut, La Rioja, Santiago del Estero, Salta, Santa Fe, Formosa, La Pampa, Santa Cruz, Tierra del Fuego, Misiones, Chaco, Mendoza y Río Negro.

Esperando resolución

De ese lote, las primeras 15 provincias accionaron a fines de agosto contra los dos decretos pro consumo del Presidente que mermaron las remesas automáticas a los gobernadores.
Pero el éxito de la estocada atrajo a más distritos: se sumaron al cónclave funcionarios del radical mendocino Alfredo Cornejo, del justicialista chaqueño Domingo Peppo y del rionegrino Alberto Weretilneck (Juntos Somos Río Negro).
Ese segundo lote de distritos no fue hasta el momento a la Justicia y privilegió la apertura primero de negociaciones con la Casa Rosada, pero ahora esperan -a priori- recibir también un derrame (político) de recursos, a partir de la puerta abierta por el fallo de la Corte.
Los gobernadores están decididos a monetizar de inmediato la cautelar que les blinda la coparticipación y esquivar los intentos de la Casa Rosada de freezar los tiempos, en medio de la campaña electoral hacia los comicios del 27-O.
La resolución de la Corte ordenó días atrás que el Gobierno nacional debe hacerse cargo de financiar el impacto de las medidas post-PASO (y pro consumo) de Macri, que erosionan las remesas coparticipables. El mix incluye la suba del piso de Ganancias y la eliminación del IVA en alimentos de la canasta básica.

Una fallo que abre polémica

La alarma se encendió tras el fallo de la Corte Suprema que obligó compensar a la provincia de Entre Ríos por la reducción de fondos como la eliminación del IVA a determinados alimentos, aumento del mínimo no imponible de Ganancias y exenciones al Monotributo.
Juristas, economistas, polemistas de redes sociales y público en general comenzaron a interrogarse sobre los alcances de un fallo que, para algunos, implica un avance del Poder Judicial sobre una temática privativa del Gobierno, como es la alteración de alícuotas para impuestos.
Se llegó a debatir, incluso, sobre la creación de un precedente por el cual prácticamente quedaría «prohibido» bajar impuestos en el país.
El problema comenzó cuando, tras el resultado electoral de las PASO, el presidente Mauricio Macri dictó dos decretos en los que determinó una baja en las alícuotas del IVA de ciertos productos y estableció exenciones al monotributo hasta fin de año.

Decisiones políticas no judiciables

Algunas provincias fueron a la Corte Suprema para cuestionar esas normas porque consideraron que se afectaban sus fondos coparticipables. El máximo tribunal, a través de una medida cautelar, le dio la razón a la provincia de Entre Ríos y le ordenó al Estado nacional que le transfiera a la provincia la cuota de coparticipación que hubiera correspondido sin ese decreto.
Para algunos de quienes apoyaron el fallo, la parte cuestionable por parte del Gobierno fue la de haber tomado la medida por decreto y sin la anuencia del Congreso, pero otros plantearon que Macri se había excedido también en la cuestión de fondo. Es decir, en incidir indirectamente en la recaudación impositiva de las provincias al bajar un impuesto coparticipable.
Llegado a ese punto, se empezaron a plantear las preguntas fundamentales del debate: ¿hasta dónde llega el poder discrecional del Poder Ejecutivo? ¿Se trata de una decisión de política económica y por lo tanto no judicializable?
Por otra parte, ¿sólo el Estado nacional se debe ver afectado cuando decide reducir un impuesto coparticipable? Y, de esta manera, ¿se judicializará cada decisión de índole impositiva si afecta a alguna provincia? ¿Cualquier decisión en materia de impuestos debe pasar por el Congreso?

Cuestionamientos de forma y de fondo

Hay que tener en cuenta que si, por ejemplo, baja la masa coparticipable por una caída en la recaudación general, las provincias van a recibir menos dinero. Pero los especialistas explican que en ese caso es claro que no hay posibilidad de judicialización del tema, porque el origen de la caída en los ingresos es exógena a la regulación sino que depende de la coyuntura económica.
La postura de las 15 provincias que fueron a los tribunales, y apoyada por varios abogados constitucionalistas, indica que el Gobierno nacional (que cobra el impuesto y luego reparte) no puede aumentar o alterar porcentajes de manera unilateral.
Tampoco podría quitar conceptos de la masa coparticipable. Es decir, si el Poder Ejecutivo Nacional bajó la masa coparticipable a la mitad, en términos reales afecta a las provincias y podrían reclamar judicialmente.
El debate, en este último punto, se centra en determinar si cada movimiento de alícuotas debería tener el mismo trabajoso circuito de aprobación por ambas cámaras del Congreso y por todos los legisladores para surtir efecto.
En este punto, el tiempo podría jugar en contra de la decisión gubernamental y transformarse en una decisión de cumplimiento imposible, más aun, teniendo en cuenta que la Constitución Nacional tiene una cláusula transitoria para el dictado de una nueva ley de coparticipación que venció hace 23 años.
En lo que refiere a la cuestión de fondo, hubo planteos de juristas en el sentido de que el fallo de la Corte malinterpreta el sentido de la coparticipación al entenderla como un derecho de las provincias a recibir una suma fija de dinero.

¿Un caso de federalismo en riesgo?

Según explica el abogado Pedro Caminos, «la coparticipación está concebida para distribuir entre la nación y las provincias lo que se recauda en concepto de ciertos impuestos. Esos impuestos los recauda la nación. Es una competencia propia de la nación crearlos, extinguirlos y determinar su alcance. Así, define a los hechos imponibles y las alícuotas».
De acuerdo a la Constitución Nacional, es su potestad en forma exclusiva y sin intervención de las provincias y además puede crear exenciones e, incluso, darle a un impuesto una asignación específica.
«Ningún artículo de la Constitución les da a las provincias facultades en el sentido de incidir en la política tributaria. El art. 75.2 CN sí crea un mecanismo de concertación, que requiere participación y acuerdo para determinar cómo se distribuye la masa coparticipable», indica Caminos.
«Pero de ahí no se puede inferir un derecho de las provincias a fijar conjuntamente con la nación la política tributaria nacional», agrega el especialista.
Luego remarca que no es un caso en el que pueda plantearse una lesión al principio del federalismo, sino que es un caso de división de poderes. La Nación no avanzó sobre competencias o recursos provinciales. En todo caso, el Poder Ejecutivo avanzó sobre competencias del Congreso. (Fuentes: Ámbito, Iprofesional, otras)

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