GRAVA LA RENTA FINANCIERA, REDUCE EL IVA, AUMENTA IMPUESTO A CERVEZAS Y CIGARRILLOS

El oficialismo se aprestaba a sancionar la Reforma Tributaria

Con cruces entre el oficialismo y el Frente para la Victoria, la Cámara de Diputados se aprestaba anoche a sancionar el proyecto de ley de reforma tributaria que, entre otras cosas, contiene un nuevo sistema para la distribución del impuesto a las Ganancias entre la Nación y las provincias, eliminando el Fondo del Conurbano. Además, se grava la renta financiera y aumenta una serie de impuestos internos como el de la cerveza y el de los cigarrillos. Otro de los puntos salientes es la rebaja a la mitad del IVA de las carnes de pollos, cerdos, y conejos.
La continuación de la sesión especial convocada por el oficialismo empezó a las cinco de la tarde, luego de que el plenario legislativo decidiera pasar ayer por la mañana a un cuarto intermedio tras la aprobación de la reforma previsional.
Durante la sesión, el oficialismo apuntaba a que se discuta el resto del temario que contempla, además de la reforma tributaria, el revalúo de los balances empresarios y la autorización al presidente Mauricio Macri para entrar y salir del país el año próximo sin tener que pedir permiso al Congreso cada vez que encabece una misión al exterior.
El borrador de la iniciativa fue modificada varias veces, como en el caso de las bebidas azucaradas, sector para el que se decidió mantener el actual impuesto de 4% para aquellas gaseosas que tienen jugo de limón y 8% para las alcohólicas, con o sin azúcar.

Coparticipación a las provincias

Un punto clave del proyecto es la derogación del Fondo del Conurbano (que se solventaba con el 10% de Ganancias aunque con un tope de $650 millones) y la distribución del 20% recaudado del impuesto a las Ganancias que se derivaba a la ANSES entre las provincias y Nación por el sistema de Coparticipación federal; en tanto, el sistema previsional se financiará con la totalidad de la recaudación del impuesto al cheque. Otro eje del proyecto es la exención del impuesto a las Ganancias para los inversores no residentes en la Argentina, salvo en el caso de que operen en el mercado de Lebacs.

Baja del IVA

Otro de los puntos salientes es la rebaja a la mitad del IVA de las carnes de pollos, cerdos, y conejos, con el objetivo de que bajen los precios de esos productos alimenticios. Otro de los cambios sustanciales que propone el oficialismo está vinculado a los impuestos internos a la cerveza, que vería elevado del 8% al 17% el tributo que paga al Estado.
En lo referido al IVA (impuesto al Valor Agregado) las modificaciones introducidas giran en torno a la inclusión como sujeto de tributación a servicios digitales, como Netflix o Mercado Libre, prestados por sujetos residentes o en el exterior siempre que son explotados en el país.

Aportes patronales

Además, las empresas no pagarán aportes patronales hasta una remuneración bruta de $12.000 para 2022, en una escala que comienza el año próximo con $2.400, sigue en 2019 con $4.800, en 2020 con $7.200 y en 2021 con $9.600 pesos.
Con este proyecto, el oficialismo busca que la reforma sea «gradual» y que de aquí a 2022 la presión tributaria caiga en al 1,5% del PBI con el objetivo de alentar la inversión y la creación de empleo.

Gaseosas y azucaradas

La iniciativa impulsada por el Gobierno recibió significativos cambios como en el caso de las bebidas azucaradas, donde se decidió mantener el actual impuesto de 4% para aquellas gaseosas que tienen jugo de limón y 8% para las alcohólicas, con o sin azúcar.
Uno de los datos más resonantes es que no hubo modificaciones al impuesto interno que afectará a las gaseosas azucaradas, que será del 17%.
«Están gravados por un impuesto interno del 17%, en tanto contengan azúcares libres añadidos, los siguientes productos: las bebidas analcohólicas, gasificadas o no, incluso aquellas con cafeína y taurina sumplementadas o no, las elaboradas a base de soja con o sin el agregado de jugos frutales o a base de sales minerales vitaminizadas o no y las adicionadas con nutrientes esenciales o fortificadas», describe el texto.
Las otras bebidas alcanzadas por el 17% serán los jugos frutales y vegetales; los jarabes para refrescos, extractos y concentrados que por su preparación y presentación comercial se expendan para consumo doméstico o en locales públicos (bares, confiterías, etcétera), con o sin el agregado de agua, soda u otras bebidas; los productos destinados a la preparación de bebidas analcohólicas no alcanzados específicamente por otros impuestos internos, sean de carácter natural o artificial, sólidos o líquidos; las aguas minerales aromatizadas o saborizadas; y los jarabes, extractos y concentrados, destinados a la preparación de bebidas sin alcohol.
En cambio, para aquellas que no contengan azúcares libres añadidos, se les aplicarán los siguientes tributos: 10% a las bebidas analcohólicas con cafeína y taurina, suplementadas o no, y 8% para las que tengan menos de 10° GL de alcohol en volumen.

Vino y sidra, excluidos

Por su parte, los vinos y las sidras quedaron excluidos. En cambio, el whisky tendrá que pagar un 29%, así como el coñac, brandy, ginebra, pisco, tequila, gin y vodka. Para las otras bebidas alcohólicas habrá dos fases: las que tengan entre 10 y 29 grados de alcohol pagarán un 20% y las que superen los 30 grados un 29%. También los cigarrillos estarán gravados en un 70% o un mínimo de 28 pesos por envase de veinte unidades.
Asimismo, en el artículo 115 hace referencia a la telefonía y establece elevar del 4% al 5% «sobre el importe facturado por la provisión de telefonía celular y satelital al usuario».

Renta financiera

Otro aspecto importante es el impuesto a la renta financiera. En este caso, por primera vez, será del 5% a las ganancias obtenidas por los activos en pesos, mientras que para los activos en dólares será del 15%.
Se implementará, en otro aspecto, un impuesto a la renta financiera de las personas, con una tasa del 5% a las ganancias mayores a $52.000 en plazos fijos, y del 15% en las colocaciones en dólares que estén bajo legislación argentina. En base a esto último, de la norma quedarían exceptuados los títulos públicos emitidos por el Estado nacional bajo legislación extranjera.

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