El sindicalista detenido por abuso apeló ante el Superior Tribunal de Justicia
La defensa del secretario general del Sindicato de Peones de Taxis del Chubut (Sipetach), Gustavo “Gallo” Hernández, presentó una apelación ante el Superior Tribunal de Justicia en virtud de la resolución que le negó la libertad por tener fueros, en el marco de la causa donde está imputado de los delitos de “grooming” y abuso sexual con acceso carnal a una joven menor de edad.
Los abogados Carlos Del Mármol y Gustavo Castro*, representantes del sindicalista, presentaron un recurso de apelación ante el Superior Tribunal de Justicia, donde argumentan que hubo una interpretación errónea del artículo 248 de la Constitución Provincial y un desconocimiento del “fallo Buzzi”, dictado por dicho Tribunal, por parte de los integrantes de la Cámara Penal.

El pasado viernes, los camaristas Rafael Lucchelli, Leonardo Pitcovsky y Flavia Trincheri rechazaron el planteo de Hernández, indicando que los fueros “se vinculan a los hechos o actividades que realizan en relación a la función que cumplen y por el que fueron imbuidos oportunamente”, indicando que “así, dentro de la función sindical, se protegen las expresiones y la actividad propia de su función, como representante de un grupo de trabajadores, lo que no implica una garantía que resguarde sus actos personales ajenos a tal función, particularmente, y vinculados a una conducta presuntamente delictiva, enmarcado dentro de un hecho contra la integridad sexual, como es el caso que se investiga”.
Los defensores apelaron esta decisión y en su resolución, conocida el lunes, los camaristas analizan que “si bien es cierto que no se encuentra previsto un recurso ante el rechazo de una apelación de habeas corpus ante el Superior Tribunal de Provincia, resulta el presente la vía indispensable para llegar a la Corte Suprema de Justicia Nacional agotando la última instancia del Tribunal de Justicia Provincial (…) cuando, como el caso, se halla en pugna el innegable amparo constitucional que tiene el derecho a la libertad de una persona y la interpretación de una norma de nuestra Constitución Provincial”, sostiene la resolución firmada por Trincheri, Pitcovsky y Lucchelli.
Irán hasta la CSJN
Hernández está detenido en prisión preventiva, imputado por los delitos de “grooming y abuso sexual con acceso carnal” de una menor de edad. Luego de ser detenido, el secretario general del Sindicato de Peones de Taxis de Chubut (SiPeTaCh) hizo un planteo de habeas corpus basándose en los fueros, y argumentó que no podía ser detenido. Sin embargo, tanto la jueza Marcela Pérez como la Cámara Penal rechazaron sus planteos, y ahora deberá resolver el Superior Tribunal de Justicia de Chubut, a la vez que los defensores, por su parte, anticiparon que irán hasta la Corte Suprema de Justicia de Nación.
Qué dijo la Cámara Penal
“Intentar buscar protección personal en una garantía constitucional concebida para defender los derechos de los trabajadores, esto es, no hacer callar la voz de sus representantes (inmunidad de opinión) o para no apartarlo de la vida pública en defensa de los intereses de sus representados (inmunidad de arresto); en un hecho, como el que se investiga, alejado absolutamente de los casos que la Constitución protege, es bastardear la garantía constitucional reconocida, desvirtuando la esencia de la prestigiosa labor que deben cumplir”, indicaba uno de los párrafos de la resolución de los magistrados Rafael Lucchelli, Leonardo Pitcovsky y Flavia Trincheri que ahora los defensores piden que revise el Superior Tribunal de Justicia.
El denominado “fallo Buzzi” se refiere a la resolución del Superior Tribunal de Justicia de Chubut firmada por los magistrados José Luis Pasutti, Jorge Pfleger y Daniel Rebagliatti Russell en 2015. Allí, afirmaron que el por entonces gobernador del Chubut, Martín Buzzi, tenía derecho de acogerse a los fueros para evitar ser imputado y juzgado en la causa del crédito de 10 millones al empresario Omar Segundo, si primero no había un juicio político en su contra.
Fueros: “No son para delitos comunes”
El fiscal Jorge Bugueño y el funcionario Alex Williams indicaron que “el delito nada tiene que ver con la representación de los trabajadores” y explicaron que “la actividad sindical no puede ser un escudo para lograr la impunidad.
En este sentido, adujeron que “el artículo 248 de la Constitución Provincial habla de inmunidad pero no para delitos del tenor que estamos investigando, que no se condicen con la actividad sindical”.
Por su parte, Williams sostuvo que “no hay fueros personales” y explicó que, si los hubiera, “se daría una suerte de ‘patente de corso’ para quien accede a una actividad sindical, para cometer delitos sin ser sometido a proceso”.
Resolverá el STJ
El documento, firmado por los tres camaristas Trincheri, Pitcovsky y Lucchelli, tiene en cuenta que los defensores de Hernández “señalan errónea la interpretación efectuada respecto del artículo 248 de la Constitución Provincial y en desconocimiento del fallo “BLOQUE DE DIPUTADOS MODELO CHUBUT S/ DENUNCIA A.” (23391- 2004 – Carpeta 5220) del Superior Tribunal de esta Provincia”, a la vez que los magistrados plantearon que “analizada la cuestión, si bien es cierto que no se encuentra previsto un recurso ante el rechazo de una apelación de habeas corpus –artículo 20 de la Ley 23098 – ante el Superior Tribunal de Provincia, resulta el presente la vía indispensable para llegar a la CSJN agotando la última instancia del Tribunal de Justicia provincial, ello conforme los lineamientos marcados por esa en fallos: ‘Di Mascio’, C.S.J.N., Fallos 311:278 y ‘Oroz y Baretta’, E.D.133-828, Fallos 312:483 cuando, como en el caso, se halla en pugna el innegable amparo constitucional que tiene el derecho a la libertad de una persona y la interpretación de una norma de nuestra Constitución Provincial”.
Por tal motivo, la Cámara en lo Penal resolvió “declarar admisible el recurso de apelación interpuesto por los doctores Carlos Gustavo Del Mármol y Gustavo Castro, glosado a fs. 106/107, a favor de Gustavo Javier Hernández, ante el Superior Tribunal de Justicia conforme las consideraciones efectuadas y lo establecido por el artículo 388, último párrafo, del Código Procesal Penal”.
Último recurso antes de la Corte Suprema
El artículo en cuestión (“Queja por recurso denegado. Tribunal superior de la causa”) establece que “cuando sea indebidamente denegado un recurso que procediere ante otro tribunal, ante éste podrá presentarse directamente en queja el recurrente a fin de que se declare mal denegado el recurso”, a la vez que “la queja se interpondrá por escrito dentro de los tres días de notificado el decreto denegatorio, si los tribunales tuvieren su asiento en la misma ciudad; en caso contrario, el término será de ocho días”.
Consecuentemente, “enseguida se requerirá informe al respecto del tribunal contra el que se haya deducido y éste lo evacuará en el plazo de tres días”, reza el texto, agregando que “si lo estimare necesario para mejor proveer, el tribunal ante el que se interponga el recurso ordenará que se le remita el expediente de inmediato”.
El artículo indica que “la resolución será dictada por auto, después de recibido el informe o el expediente” y que “si la queja fuere desechada, las actuaciones serán devueltas sin más trámite al tribunal que corresponda; en caso contrario, se declarará mal denegado el recurso, especificando la clase y efectos del que se concede, lo que se comunicará a aquél, para que emplace a las partes y proceda según el trámite respectivo”, concluyendo que “la Sala en lo Penal del Superior Tribunal de Justicia es el tribunal de última instancia en materia penal en la Provincia del Chubut, a los fines del recurso extraordinario federal”.
“Mi hija no tenía fueros”
Así lo afirmó el padre de la joven víctima de abuso sexual, hecho que le fuera endilgado al titular del Sindicato de Peones de Taxis del Chubut y en cuyo marco de investigación permanece detenido.
Recientemente, el hombre brindó un sentido testimonio sobre el estado psicológico de su hija y del entorno familiar, luego de haber padecido el hecho que fuera denunciado mientras él se encontraba embarcado.
“Él se la llevó, la manoseó, la violó, y pienso que esta persona que lo defiende tanto, si tuviera hijos, le pasaría lo mismo”, criticó el padre de la niña, en referencia a las polémicas declaraciones del titular de la CGT del Valle, Luis Nuñez, quien salió en defensa del imputado, que también se desempeñaba como su chofer personal.