El sindicalista acusado de abuso citó el “fallo Buzzi” para evitar quedar preso
La defensa de Gustavo “Gallo” Hernández, titular del Sindicato de Peones de Taxis del Chubut (Sipetach), pidió la libertad del acusado de abusar de una menor de 13 años basándose en un fallo del Superior Tribunal de Justicia, respecto de la causa por el crédito a Alpesca en la que está imputado el ex gobernador, Martín Buzzi, donde le concedieron inmunidad de proceso y no pudo ser investigado hasta la finalización de su mandato. El caso volvió a colocar en la escena pública el debate sobre los alcances de los fueros políticos y sindicales.
Durante 2014, tanto el entonces Gobernador como la ex ministra de Desarrollo Territorial, Gabriela Dufour, habían presentado un recurso amparándose en sus fueros, el cual fue rechazado por un juez y posteriormente ratificado por dos magistrados, que ordenaron abrir la investigación del caso argumentando que “los fueros otorgan inmunidad de arresto, pero no inmunidad de proceso”.
Sin embargo, el pedido, que fue realizado durante la audiencia de control de detención y apertura de investigación, llevada a cabo el domingo por la mañana, fue finalmente rechazado por las juezas Patricia Asaro y Patricia Reyes, luego de que la jueza Marcela Pérez fuera recusada por la defensa del sindicalista, a cargo del abogado Carlos Del Mármol.
De este modo, Hernández permanecerá detenido por sesenta días, que fue el plazo establecido para la investigación.
Acusado de abusar de una menor
Hernández, que se desempeña como Secretario General del Sindicato de Peones de Taxis del Chubut, así como también como chofer del titular del STIA, Luis Núñez, fue imputado en la causa que investiga el “abuso sexual con acceso carnal” de una menor de 13 años, a la cual aparentemente contactó a través de la aplicación de mensajería instantánea “Whatsapp”.Según indicaron los fiscales en su imputación, luego de contactarla, el hombre la pasó a buscar, la “engañó” y, tras modificar el camino, habría comenzado a manosearla, por lo que la niña habría intentado escapar y en dicho momento se habría producido el abuso sexual con acceso carnal.
El abogado defensor del gremialista sostuvo que “se debe esperar a que termine su mandato” al frente del sindicato, para poder ser juzgado, en relación a lo establecido por el artículo 248 de la Constitución Provincial, que hace referencia a los fueros de los que gozan legisladores y sindicalistas, entre otros funcionarios públicos.
Qué dice la Ley sobre los casos de abuso
Según lo establecido por el artículo 183 del Código Penal, “el que realizare actos de carácter sexual con un menor de dieciséis años, será castigado como responsable de abuso sexual a un menor con la pena de prisión de dos a seis años” y plantea que “cuando los hechos se cometan empleando violencia o intimidación, el responsable será castigado por el delito de agresión sexual a un menor con la pena de cinco a diez años de prisión”, detallando que “las mismas penas se impondrán cuando mediante violencia o intimidación compeliere a un menor de dieciséis años a participar en actos de naturaleza sexual con un tercero o a realizarlos sobre sí mismo”.
Además, agrega que cuando el ataque consista en acceso carnal o introducción de miembros corporales u objetos por alguna de las vías, el responsable será castigado con la pena de prisión de ocho a doce años o doce a quince años, respectivamente.
“Las conductas previstas en los tres apartados anteriores serán castigadas con la pena de prisión correspondiente en su mitad superior”, en los casos en los que concurra alguna de las siguientes circunstancias, entre ellas, cuando el escaso desarrollo intelectual o físico de la víctima la hubiera colocado en una situación de total indefensión y en todo caso, cuando sea menor de cuatro años; cuando los hechos se cometan por la actuación conjunta de dos o más personas; cuando la violencia o intimidación ejercidas revistan un carácter particularmente degradante o vejatorio; cuando, para la ejecución del delito, el responsable se haya prevalido de una relación de superioridad o parentesco, por ser ascendiente, o hermano, por naturaleza o adopción, o afines, con la víctima; cuando el culpable hubiere puesto en peligro, de forma dolosa o por imprudencia grave, la vida o salud de la víctima o cuando la infracción se haya cometido en el seno de una organización o de un grupo criminal que se dedicare a la realización de tales actividades”.
Los fueros, un debate “de Estado”
El planteo sobre la eliminación de los fueros de protección ya había sido realizado en el marco de la propuesta del Gobierno del Chubut para reformar la Constitución Provincial el año que viene, para lo cual ya se realizaron diversos encuentros entre distintos actores de la sociedad y del espacio político identificado con el partido gobernante.
Uno de los principales ejes de debate atañe al accionar de la Justicia, no solamente en lo referido al rol que juegan actualmente los fueros gremiales y políticos, sino también a la composición de la estructura judicial en sí misma.
En este ámbito, recientemente el Procurador General de la Provincia, doctor Jorge Miquelarena, se pronunció respecto de la necesidad de eliminar los fueros que actualmente protegen a funcionarios públicos y sindicalistas, confiriéndoles “la inmunidad de arresto” a pesar de haber sido condenados, en algunos casos, y opinó que “a nuestro criterio los fueros no tienen nada que ver con el amparo a aquellas personas que cometieron un delito o bien que están siendo investigadas”.
En este sentido, remarcó que “los fueros, donde obviamente se incluyen los míos, tienen que ver en cuanto a la inmunidad de arresto, a excepción de los casos de flagrancia, es decir cuando se encuentra al individuo cometiendo un delito, y tienen que ver fundamentalmente con la inmunidad de opinión, o sea el hecho de no ser censurado o perseguido por las opiniones que se puedan llegar a advertir”.
Un claro ejemplo de dicha situación es el de Diego “Pocas Pilas” Huenelaf, sindicalista que fue detenido hace algunos peses y acusado de integrar una banda dedicada al robo domiciliario, junto a otros dos sujetos.
El imputado se desempeñaba como sindicalista del gremio Unión de Obreros de la Construcción de la República Argentina (UOCRA) y ya había sido acusado de “robo agravado” por un delito cometido el 11 de agosto de 2010.
Sin embargo, el proceso judicial generó un importante debate público e incluso nacional, cuando “Pocas Pilas” Huenelaf se amparó en sus fueros sindicales para no quedar detenido, aunque dos años más tarde, previo desafuero, fue finalmente juzgado por el robo del que se lo acusaba.
Hace pocos días, el sujeto que fuera entonces condenado por integrar la conocida “Banda de los LCD”, volvió a ser aprehendido por efectivos policiales en un domicilio del barrio Constitución de Trelew, y deberá permanecer en prisión preventiva durante los próximos seis meses, durante el curso de la investigación por los delitos imputados.
Jerónimo García: “Los fueros sindicales no son para robar, matar, violar, acosar o abusar”
El diputado provincial Jerónimo García (Chubut Somos Todos) sostuvo que “la interpretación del tema de los fueros es que estos no permiten que un legislador o alguien con ellos, sea detenido, a excepción de que se lo encuentre cometiendo un delito ‘in fraganti’, es decir que no niegan la iniciación del proceso judicial” y precisó que se trata de “inmunidad de arresto, pero no inmunidad de proceso”.
A su vez, se refirió al antecedente citado por el abogado Carlos Del Mármol, quien patrocina al sindicalista imputado, y explicó que “cuando cita el fallo del Superior Tribunal de Justicia con respecto a Buzzi, el mismo hace referencia a este último porque era gobernador”, agregando que “para el resto de los funcionarios implicados en esa causa, falló de otra manera”.
García remarcó que “lo que plantea Chubut Somos Todos es que, como legislador, uno debe tener inmunidad de opinión, porque se considera que un diputado tiene que poder expresarse, aún a riesgo de estar equivocado”, a lo cual citó como ejemplo que “cuando nosotros decimos que hay maniobras que buscan desestabilizar al Gobierno (Provincial), aprovechando las circunstancias de la enfermedad y el proceso de recuperación que lleva adelante Mario Das Neves, estamos haciendo uso de una inmunidad de opinión respecto a eso, nadie me puede demandar por lo que digo, porque eso no es un hecho, sino una evaluación que uno hace sobre una serie de hechos”.
Por otra parte, entendió que “los dirigentes sindicales tienen fueros en función de lo que es su actividad específica, esto es algo que debería ser absolutamente obvio” y recordó que “yo también tengo fueros como legislador, pero eso no quiere decir que pueda robar, matar, violar, acosar o abusar, me parece que es una discusión bizantina”.