El SOMU aclara sobre el alcance del aguinaldo de la marinería
La Secretaría de Relaciones Laborales del Sindicato Obrero de Marítimos Unidos emitió un comunicado en el que explicó que el Ministerio de Trabajo dictó el 10 de noviembre del año pasado la reglamentación de la aplicación del Artículo 122 de la ley de contrato de trabajo.
La normativa establece “la aplicación plena al personal de marinería y maestranza del beneficio del sueldo anual complementario”, a partir del convenio entre el SOMU y las empresas del sector que reconocen la facultad exclusiva del Ministerio en reglamentar la LCT en la materia del sueldo anual complementario para las distintas actividades.
Fin a la cautelar
Esta facultad, según el comunicado del gremio, “había sido negada por las empresas que iniciaron en Caleta Olivia el proceso 2440/2013 demandando al SOMU como tercero en litigio y que ahora desistieron del mismo reconociendo las facultades del Ministerio”.
“El acuerdo con el Ministerio de Trabajo y el SOMU suscrito por estas empresas, pone fin al juicio y la cautelar que fue utilizada durante años por las empresas como excusa para demorar la implementación del SAC a la pesca”, subrayaron desde la Secretaría.
Ahora las empresas acataron la resolución ministerial que pone en vigencia plena el Art. 122, el cual como norma general expresa “Aplicación Irrestricta”. “Quiere decir que no debe existir ninguna restricción o merma o mengua, según el caso particular de cada trabajador”, dice el comunicado.
Derechos adquiridos
Desde el gremio destacaron que el criterio invocado apunta a no dejar fuera del salario del trabajador ninguna remuneración o supuesto que exceda el salario normal y habitual a que alude la ley de contrato de trabajo.
“En ningún caso y la interpretación sistemática de todo el cuerpo convencional y normativo lo avala, las mismas pueden servir para disminuir derechos adquiridos de los trabajadores o afectar la irrestricta aplicación del Art. 122 a cada caso particular y según su efectiva remuneración y estado”, señala el gremio.
Controles
Por último, aclara que el Ministerio y el propio SOMU han comenzado con las inspecciones para verificar el cumplimiento de la Resolución 1905/15 en todas las empresas pesqueras y cuando se verifique algún incumplimiento se dará a conocer al trabajador afectado para que inicie los reclamos administrativos y judiciales, sin perjuicio de las multas y verificaciones de deudas previsionales que corresponda determinar.