Los condenados por el crimen de Alejandro Balle apelaron su sentencia

En horas de la mañana del viernes, se llevó a cabo en sede de los tribunales penales de Comodoro Rivadavia, la audiencia de impugnación de sentencia ante la Cámara Penal por el hecho acontecido el pasado 25 de julio de 2013, que tiene como condenados a Alejandro Javier Lezcano, como autor del delito de “homicidio criminis causae”; y a Santiago Reuter como partícipe necesario de “robo agravado por el uso de arma de fuego”.
La defensa de Lezcano solicitó al tribunal que readecue su conducta a “homicidio en ocasión de robo”, en tanto que el defensor de Reuter solicitó su absolución por la nulidad de la imputación y la condena.
Asimismo el fiscal requirió se confirme en todos sus términos la sentencia condenatoria de primera instancia; al igual que la querella.
La Cámara Penal fue presidida por Daniel Pintos e integrada por Martín Montenovo y Guillermo Müller, jueces penales; por el Ministerio Público Fiscal se hizo presente Adrián Cabral, fiscal general; por la querella actuó Juan Carlos Smith; la defensa de Lezcano fue ejercida por Viviana Barillari, defensora pública; y la de Reuter por Miguel Donett, abogado particular del mismo.
Se espera para el próximo día 20 al mediodía la respuesta de la Cámara Penal.

Argumentos de los defensores
La defensora de Lezcano solicitó se decrete la inaplicabilidad de la prisión perpetua ya que todos los dichos de los testigos refirieron que el disparo había sido de forma accidental. Escucharon que el disparo se le había escapado, lo único que quería era asustarlo y nada más. Y aseguró que el tribunal de juicio no evaluó esto. También mencionó la calificación alternativa de “homicidio en ocasión de robo” que había hecho la fiscalía, destacando que nada explicaba por qué no se desapoderó el local Game Over, no se consumó el robo. “Mi defendido no quería causar la muerte” afirmó Barillari. Y agregó que la pena de prisión perpetua viola el principio de resocialización del condenado, solicitando sea aplicada la calificación legal de “homicidio en ocasión de robo” con una pena de diez a 25 años de prisión.
Por su parte el defensor de Reuter solicitó se declare nula la sentencia de primera instancia en razón de la incoherencia del veredicto de responsabilidad, la condena aplicada y la calificación del delito atribuido a su defendido. Donett aseguró que Alejandro Lezcano y no otro fue el que cometió el homicidio y según él no se había probado la unión de voluntades entre los tres encartados para cometer el homicidio, recordando que Espinosa fue sobreseído. Agregó por otra parte que los fundamentos no se condicen con la pena que se le ha aplicado a Reuter, y que la figura legal escogida, “robo agravado por el uso de arma de fuego”, carecía de sustento. También señaló que no se pudo individualizar su presencia ni la de los otros ocupantes del auto. Finalizó solicitando su absolución y subsidiariamente se readecue la calificación legal a “robo en grado de tentativa”.

Palabras de la acusación
En contraposición, el fiscal respecto a Lezcano consideró que la sentencia debe ser confirmada en todos sus términos. Ello en virtud que el tribunal evaluó la violencia ejercida sobre la víctima, el paso de un proyectil por el cráneo y el traumatismo por fractura del hueso parieto occipital como consecuencia de un golpe muy fuerte, compatible con un golpe de arma. Adrián Cabral aseguró que sí hubo intención de matar primero por ese golpe y posteriormente el disparo. El fiscal aseguró que la finalidad era sustraer la llave y la alarma del local comercial y que no hubo disparo accidental, enfatizó. Solicitando respecto a Lezcano que se rechace la impugnación y se confirme la sentencia en todos sus términos.
Respecto a Reuter mencionó que la fiscalía había presentado un recurso extraordinario ante la Sala Penal del Superior Tribunal de Justicia provincial para que se readecue su imputación como coautor de “homicidio criminis causae”. Solicitando se rechace la nulidad planteada por su defensor ya que no hay fundamentos para esgrimir dicha nulidad.
El querellante también solicitó al tribunal que sea confirmada en todas sus partes la sentencia de primera instancia ya que la muerte del estudiante universitario nativo de Senguer se produjo de manera violenta y voluntaria, con la intensión de matar y de quitarle la llave y la alarma del negocio para cometer otro ilícito luego. Respecto a Reuter refirió que no existe contradicción entre los considerandos y la parte resolutiva de la sentencia ya que prestó ayuda a Lezcano como chofer para llevarlo hasta el lugar del hecho.
Finalmente se escuchó la palabra de la madre, el padre de la víctima y de Alejandro Lezcano.

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