Chubut avanza en el debate para implementar los juicios por jurados

01-TAPAEl año pasado ingresó a la Legislatura Provincial un proyecto de Ley que propone el establecimiento del juicio por jurados y el juicio con vocales legos, en desarrollo de las previsiones de los artículos 172 y 173 de la Constitución de la Provincia del Chubut y a las disposiciones pertinentes de la Constitución Nacional. Esto implica que ante la vigencia de la Ley que se promueve, será competente el juicio ante el Tribunal de Jurados cuando la pretensión punitiva provisoria del fiscal o del querellante, contenida en la acusación, por el hecho punible que atribuya al imputado, y los delitos conexos que con él concurran según las reglas de los artículos 54 y 55 del Código Penal, sea de catorce o más años de pena privativa de la libertad.
En caso de discrepancia entre las pretensiones punitivas provisorias del acusador público y la querella, y a los fines de la procedencia del juicio por jurados, prevalece la pretensión efectuada por el Ministerio Público Fiscal.
Ese debate también se instala en los ámbitos académicos, en la tarde de hoy se llevará a cabo una mesa de discusión en la ciudad de Esquel que contará con la presencia de juristas calificados para debatir sobre las especificaciones del juicio por jurado. La misma se llevará a cabo a las 16:30 horas en el Salón Melipal con entrada libre y gratuita, y es organizado por la Asociación de Magistrados y Funcionarios Judiciales del Chubut. Además, cuenta con el auspicio del Instituto de Estudios Comparados en Ciencias Penales y Sociales (INECIP), y la Asociación Argentina de juicio por Jurados (AAJJ).
Durante el debate se contará con disertantes como Alberto Binder, quien estará hablando de los Veredictos y la Motivación; Oscar Pandolfi, disertando sobre la Ética del Juez y el Juicio por Jurados; Alfredo Pérez Galimberti, dando cuenta de la Deliberación y Veredictor Unánime; y Andrés Harfuch, quien realizará un detallado recorrido por las Instrucciones al Jurado. Cabe destacar que dicha mesa de discusión se da en el marco del debate sobre la instalación del Juicio por Jurados en la República Argentina, por lo que se pretende realizar un análisis sobre el proyecto de ley de jurados de la provincia de Chubut. Desde la organización afirmaron que se otorgarán certificados de asistencia para quienes asistan a la convocatoria.

Con referencias

Cabe destacar que los disertantes cuentan con referencias de gran nivel. Galimberti es abogado. Graduado en la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales de la Universidad Nacional de La Plata en 1977. Especialista en Derecho Penal y Ciencias Penales. Universidad Nacional de la Patagonia “San Juan Bosco”, 1999. Profesor a cargo de la cátedra de Derecho Procesal Penal, de la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional de la Patagonia “San Juan Bosco”. Coordinador Académico y profesor de las carreras de Especialización y Maestría en Derecho Penal de la Facultad de Ciencias Económicas de la Universidad Nacional de la Patagonia. 1994 a la fecha. Director de la Regional Atlántico Sur del Instituto de Estudios Comparados en Ciencias Penales y Sociales (INECIP) Defensor Jefe Adjunto al Defensor General de la Provincia del Chubut Presidente del Consejo de la Defensa Pública de la Provincia del Chubut, períodos 2004-2005; entre otros títulos.

A su vez, el Dr. Binder es abogado, jurista y profesor en varias universidades de América Latina. Fue protagonista de la reforma de la policía bonaerense ejecutada por el ex ministro León Arslanián. Presidente del Instituto Latinoamericano de Seguridad y Democracia (ILSED), director del Centro de Políticas Públicas para el Socialismo (CEPPAS) y vicepresidente del Instituto de Estudios Comparados en Ciencias Penales y Sociales (INECIP). Es miembro fundador de la RAD (Red Argentina para el Desarme) Es uno de los impulsores del «Acuerdo por la Seguridad Democrática» (ASD) firmado por ONGs y políticos en el año 2010 en la Argentina.
Por su parte, Pandolfi ostenta su titulo en abogacía, egresado de la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales de la Universidad Nacional de Buenos Aires. Especialista en Derecho Penal y Procesal Penal. Facultad de Derecho y Ciencias Sociales de la Universidad Nacional del Comahue acuerdo con la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales de la Universidad Nacional de Buenos Aires. Director del Curso Trianual, el Dr.David Baigún.. Fecha de emisión del título 7 de octubre de 2005. Inscripto en las siguientes matrículas de Abogados: Corte Suprema de Justicia de la Nación, al T.3, Fo.254, Colegio de Abogados del Neuquén, matrícula Nº 395, Colegio de Abogados de Río Negro, matrícula 657, Colegio de Abogados del Chubut (Trelew) matrícula 1881.
Y por su lado, Andrés Harfuch se desempeña como profesor regular adjunto de Derecho Penal, Procesal Penal y Criminología de la Facultad de Derecho (UBA) desde el año 1999. Cátedra del Dr. David Baigún.
Cargos Públicos. Defensor General de San Martín, Prov. Buenos Aires desde 2002. Defensor oficial en San Martín desde 1998 a 2002. Funcionario letrado judicial en Quilmes desde 1994 a 1998. Ejercicio libre de la profesión desde 1989 a 1993. También es miembro titular del INECIP; Director del Centro de Juicio por Jurados y Participación Ciudadana del INECIP; Director del Centro de Reforma Judicial del Inecip provincia de Buenos Aires; Miembro del Consejo de Redacción de la Revista Nueva Doctrina Penal (NDP); y Miembro titular de la Asociación Argentina de Profesores de Derecho Procesal Penal.

Cuestión de Sistemas

Al momento de hacer referencia al juicio por Jurados es necesario tener en cuenta que éste sistema se encuentra refrendado por la Constitución Nacional en su reforma de 1994; y que por lo general es aplicado en países que supieron ser colonias británicas y que cuentan con el denominado ‘Sistema Anglosajón, mientras que en Argentina se utiliza el ‘Sistema Continental’ que se encuentra basado en el sistema judicial Romano, Francés y Alemán.
Para poder ser aplicado, muchos juristas señalan que es necesario realizar un trabajo de conciencia y educación social muy importante, ya que el jurado es integrado por representantes de la ciudadanía y son éstos quienes tienen la decisión de afirmar en primera instancia si existió la comisión o no de un delito y en segundo lugar cuál fue la injerencia del acusado en el mismo. En cuanto al Juez, solo se limita a aplicar la sentencia que le parezca justa dependiendo de la determinación del jurado.

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