Muñiz presentó un proyecto de Ley para becas educativas
El diputado del bloque partido justicialista, Gustavo Muñiz presentó un proyecto de ley de becas que incentive tanto a estudiantes iniciales como terminales cuya profesión sea considerada estratégica para la provincia. El monto de la beca será equivalente al haber mensual que perciba un Maestro de Grado Jornada Simple sin antigüedad en la zona norte de la Provincia del Chubut y su cobro será mensual, sin considerar periodo lectivo.
Sobre los beneficiarios, Muñiz dijo a El Diario que serán dos tipos, los iniciales, alumnos egresados del ciclo secundario de establecimientos oficiales de la provincia que deseen continuar estudios de nivel terciario o universitario y los beneficiarios terminales, estudiantes de estudios superiores de nivel terciario o universitario que, habiendo egresado de establecimientos oficiales de la provincia, se encuentran con un mínimo de 75% del Plan de Estudios de la carrera en cuestión aprobado.
En su proyecto se establece que el cupo de becas a disposición se deberá dividir de acuerdo a un criterio, el 75% de las becas deberán estar destinadas a los beneficiarios iniciales, el 25% de las becas deberán estar destinadas a los beneficiarios terminales, y en caso de que el cupo establecido no tuviera la cantidad necesaria de beneficiarios iniciales, las becas restantes podrán ser destinadas a beneficiarios terminales.
Pasajes
Además se indica que los beneficiarios iniciales como los terminales que deban abandonar su residencia habitual para proseguir sus estudios, recibirán dos pasajes terrestres anuales de ida y regreso, que comprenderán los tramos entre el lugar de estudios y su localidad de origen en la Provincia de Chubut.
El Ministerio de Educación, a través del área que éste designe, será Autoridad de Aplicación que deberá elaborar anualmente un Registro de Necesidad de Profesionales en todo el territorio de la Provincia que determinará las distintas profesiones a incentivar.
La elaboración de dicho Registro deberá tener como criterio principal la consulta a las municipalidades y comisiones de fomento. Además deberá confeccionar un Padrón de Carreras Universitarias y Terciarias existentes en la provincia, que deberá ponerse a conocimiento de los alumnos egresados del ciclo secundario y se deberá resaltar anualmente aquellas carreras que serán incentivadas por el Régimen de Promoción e Incentivo de Futuros Profesionales.
Beneficiados de becas
Los beneficiados deberán ser argentino nativo o por opción, con cinco años de residencia mínima comprobable en la provincia de Chubut; adjuntar a la solicitud una certificación del total de ingresos del padre y de la madre, los cuales no deberán superar al haber mensual que perciba un Maestro de Grado Jornada Simple sin antigüedad en la zona norte de la Provincia del Chubut. También deberá el bneficiario inicial como el terminal tener el promedio mínimo de siete en los tres últimos años de escolaridad media.
No ser beneficiario de ningún programa social de ejecución nacional, provincial o municipal, no considerándose como tal la Asignación Universal por Hijo. No ser beneficiario de becas de otras instituciones, públicas o privadas. No encontrarse prestando servicio en relación de dependencia y/o autónomo, tanto en el sector público como privado.
Cantidad y destino
La Autoridad de Aplicación deberá determinará anualmente la cantidad total de becas a otorgar y el número de becas que corresponderá a cada carrera a incentivar, siguiendo el criterio establecido por el Registro de Necesidad de Profesionales.
La selección de postulantes deberá combinar dos criterios: condición socioeconómica y promedio académico del solicitante. Las becas serán renovadas anualmente en forma automática siempre que el beneficiario acredite que se mantienen las circunstancias que dieron lugar al otorgamiento.
Las becas serán renovadas en cada periodo lectivo; donde el becario se compromete a certificar anualmente su situación de alumno regular y de materias aprobadas; por lo menos dos tercios de las materias previstas para el año lectivo, de acuerdo con el plan de estudios de la carrera, mediante una constancia oficial del establecimiento en que cursa sus estudios.
Obligaciones
El otorgamiento de la beca obligará al beneficiario a ejercer su profesión o especialidad en la provincia, por un período de cinco años como mínimo a partir de su graduación. Deberá otorgarle prioridad en el ejercicio de su profesión en la municipalidad o comisión de fomento en donde se originó la demanda referida a su especialidad, debiendo justificar su accionar en caso de que así no lo cumplimente.
Cancelación y sanciones
Se podrá cancelar la beca automáticamente al no tener aprobado más de dos tercios de las materias del plan de estudios del año en curso, que obtención de empleo en el estado Nacional, provincial y/o municipal; que obtenga otra beca provincial, nacional o privada o haber incurrido en falsedad en la declaración jurada o documentación presentada.
El quebrantamiento del deber acarreará para el beneficiario, para sus padres, tutores o responsables en caso de tratarse de un menor, la obligación de restituir en efectivo y al contado o mediante un plan de pagos, el total de los beneficios que haya podido percibir del Estado Provincial, es decir, el total de pasajes y meses de beca efectivamente percibidos, el cual se calculara a valores vigentes al momento de abonar al contado y en efectivo dicho monto o a los valores que estén vigentes al momento de cancelar cada cuota.
Igual procedimiento de devolución, se aplicara si el becario renunciara en cualquier momento de la carrera al beneficio otorgado por esta ley.
Ayuda económica
Para finalizar, el diputado reconoció a El Diario En dialogo que si bien en la actualidad existen diferentes planes de becas e incentivos para quienes desean seguir sus estudios, no menos cierto es que en ocasiones no son suficientes para cubrir todas las necesidades y que con el régimen de promoción e incentivo para futuros profesionales, se pretende otorgar una ayuda económica suficiente, para que puedan llevar adelante los estudios hasta su culminación.
Indicó que en idénticas condiciones se pueden encontrar, quienes han iniciado una carrera superior y por distintas razones estando en un estado de avance de la misma necesiten una ayuda para culminarlas, y es por ello que con esta ley se pretende poder asistirlos otorgándoles este beneficio.