Prisión preventiva para imputado por violencia familiar

Determinan prisión preventiva para un imputado por agredir en diversas oportunidades a su pareja y sus hijos, debido a que no ha cumplido con la prohibición de acercamiento a las víctimas, y aunque en la audiencia se argumentó que el comportamiento del acusado se asocia a la falta de asistencia médica que se le habría indicado por adicciones.
En este contexto, el juez Sergio Piñeda, sostuvo que resulta fundamental proteger a quienes son el centro de sus agresiones, y para esto debe tener en cuenta los riesgos procesales existentes a partir de las numerosas violaciones a las medidas dispuestas, determinando la prisión preventiva del imputado, exigiendo se ponga especial interés en el cumplimiento del tratamiento aconsejado al paciente, cumpliéndose con la provisión de los medicamentos cuando se requiera.

Violación de medida

A la audiencia se llegó tras haber violado el imputado una prohibición de acercamiento que data del 28 de octubre de 2013 y fue emitida por tiempo indeterminado por la jueza Ivana González. El fiscal general Osvaldo Heiber dejó entrever que estos son datos estadísticos que engrosan un problema mucho mas profundo, ya que la misma situación se reitera antes y después de esa medida, enumerando lo ocurrido en enero y febrero de este año, cuando también fue traído a los ámbitos judiciales, disponiéndose en aquella oportunidad, luego de varios sucesos en los cuales agredió a su mujer y sus hijos, la realización de nuevos exámenes y la conclusión acerca de la necesidad imperiosa de internarlo en un centro de adicciones.
Concretamente, el fiscal informó que siendo 1ro de junio, la mujer recibió mensajes del aludido pidiendo ver a sus hijos en común, y restando importancia a los mismos en un primer momento, comenzaron a llegarle nuevos envíos, aunque mas agresivos e insultantes. Más tarde el hombre se hizo presente en el domicilio, constatándose un profundo estado de ebriedad, profiriendo gritos, utilizando la fuerza y amenazando con «cagarla a tiros y prender fuego», siendo una alertada vecina quien llamó a la policía que llegó al lugar y procedió a su aprehensión.

Nuevo delito
El nuevo hecho generado por esta persona fue calificado como amenazas en concurso real con desobediencia, artículos 19 bis y 239 del código penal, pidiéndose la apertura de investigación, además de argumentarse sobre los peligros de fuga y entorpecimiento para justificar la solicitud de prisión preventiva hasta el momento de juicio oral por una causa que ya fue elevada al respectivo debate por lesiones. Hubo que recordar las violaciones a las diversas prohibiciones impuestas, contándose con numerosas denuncias, varias de ellas en fiscalía, por delitos enmarcados en violencia familiar y de género.
Como patrón de conducta el imputado no acató nunca las órdenes judiciales, y en febrero el fiscal Omar Rodríguez impulsó la realización de un informe que efectuó el médico forense Herminio González, que resultó ser lapidario en el sentido de fijar la problemática del alcohol como de larga data, hablando sobre el riesgo que representa para él mismo y para terceros, remarcando también la impulsividad y peligrosidad de sus actitudes, entre otras características, aconsejando su internación en un centro como el CADES, ubicado en la zona de 28 de julio. Sin embargo, el hombre no tiene obra social y por lo tanto el Estado, que debió hacerse cargo, solo lo derivó a salud mental para su internación, y allí estuvo hasta el 26 de mayo pasado, cuando fue dado de alta con un tratamiento ambulatorio, no poniéndose de acuerdo esta institución con integrantes del centro de adicciones o de día, dependiente del Ministerio de Salud, no permitiéndose su internación el CADES.
Esto fue enfatizado por las partes, y la defensora Romina Rowlands manifestó que la situación por la que atraviesa su cliente no puede ser resuelta con una medida de coerción. Expuso acerca de las decisiones tomadas por salud mental y el centro de adicciones, que resolvieron la internación por considerar que padece una patología dual, siquiátrica y de consumo, pero luego le dan el alta con un tratamiento ambulatorio y sin prever su cumplimiento o seguimiento.
Haciendo referencia al informe del doctor González observa las drásticas aseveraciones dadas, hablando de la alteración del estado de conciencia y las condiciones que reúne para la internación en un lugar adecuado, siendo conveniente cesar su período de detención.

El acusado
«Yo pido disculpas, me siento mal y necesito ayuda, quiero que me internen en el CADES, y necesito ver a mis hijos», dijo el imputado cuando le dieron la palabra, mientras la defensora manifestó, entre otras cosas, que las instituciones públicas le han soltado las manos y se está criminalizando su estado grave de vulnerabilidad y también su pobreza, porque si tuviera obra social o dinero se podría internar en el lugar deseado sin problemas. En definitiva pidió la libertad y la internación en el centro mencionado, situado en el valle, además de solicitar se ordene a salud mental de la provincia, a través de la profesional Marcela Freites, para que informe cuál es el dispositivo adecuado que atiendan los requerimientos de su defendido

Controversias

Un aporte a tener en cuenta fue el dado por la jefa del servicio social del Ministerio de la defensa pública, licenciada Agustina Momo, quien indicó que no existe un procedimiento que pueda derivar hacia adicciones un problema tan profundo como éste, generándose una controversia entre salud mental y el centro dependiente del estado provincial. Recalcó que esta persona tiene que ser asistida por el Estado, pero los requisitos impuestos son complejos, llegándose a solicitar un pronunciamiento interdisciplinario. El único apoyo que tiene hoy, es el acompañamiento de sus hermanas.

Resolución

El Juez Sergio Piñeda, resolvió pedir en forma urgente a salud de la provincia el informe respectivo para observar cuál es la atención prevista en relación a este caso. Consideró que este nuevo hecho no fue aislado, y dijo que lamentablemente esta indefinición para con el tratamiento de una persona sin obra social y sin recursos no es nueva ni es la única situación que puede observarse cuando se trata este tipo de problemáticas y merece la respuesta del Estado.

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