Modificarán la ordenanza sobre tasa de sustentabilidad de servicios públicos

1Concejales advirtieron errores en la redacción de la Ordenanza 8705, y según adelantó el concejal del PACh, Pedro Giménez, hay acuerdo para modificar la normativa. La iniciativa será presentada el jueves en sesión del cuerpo deliberativo y se refiere a la aplicación de la Tasa de Sustentabilidad de los Servicios Públicos.
La nueva redacción incluiría la totalidad de los conceptos correspondientes a consumos, dado que no se habría considerado así en la redacción de la Ordenanza vigente. Si bien los ediles excluyeron los impuestos como concepto, no estaba previsto dejar fuera de la aplicación de la Tasa ningún servicio. El reclamo, que tan alto se hizo escuchar por el Consejo de Administración de Servicoop, parece tener cierto eco entre los concejales, que en esta primera instancia reconocieron un error de redacción en la norma.
Vale decir que la Ordenanza 8705, es modificatoria de unas y deroga otras normativas, con lo cual la redacción de la nueva modificatoria deberá ser precisa para evitar futuras confusiones.

Modificando

En relación a la modificación de la Ordenanza 8705, el concejal Pedro Giménez, sostuvo que “vamos a aprobar el jueves una modificación a la Tasa, porque había existido un error de nuestra parte en cuanto a la ordenanza anterior ya que no se incluían todos los conceptos que deberían estar incluidos”.
En este sentido, Giménez dijo que con ésta modificación el conflicto no está terminado, ya que aún falta que desde la cooperativa se retrotraigan las facturas y se modifique el cuadro tarifario que se aplicó sin ser aprobado por nadie. “Hay conversaciones en donde Servicoop se dispondría a devolverle a los usuarios el dinero que ha facturado erróneamente estos últimos meses. A partir de allí deberá presentar un cuadro tarifario tal como lo autoriza la ordenanza Nº 8.312 que se aprobó en el mes de diciembre de 2012, y ahí se entraría a realizar los pasos de acuerdo a lo que establece la ley”, señaló el edil.

Facturación

Entre los aspectos que se describen en el articulado de la Ordenanza 8705, se destaca que se retrotraiga la facturación de los meses de noviembre y diciembre 2013; enero y febrero 2014, al mes de agosto de 2013, correspondiente al cuadro tarifario de la Ordenanza 8312., dejando expresamente determinado que “La cooperativa Servicoop deberá realizar los ajustes y compensaciones correspondientes de los cobros realizados durante dichos períodos”.
Respecto de este, que es el primer artículo de la Ordenanza en cuestión, el concejal Giménez expresó que “devolver el dinero lo tienen que hacer si o si, en la forma, no nos vamos a meter, pero es una obligación de la cooperativa devolverle la plata a los usuarios que son quienes mantienen Servicoop” dijo.
Consultado acerca de la facturación del mes de abril, el concejal del PACh, sostuvo que no se sabe si ésta se realizó por fuera de la Ordenanza o no, pero que en caso de no ser así también formará parte de lo que Servicoop deberá devolverle a los vecinos de la ciudad.

Tasa de sustentabilidad

El artículo 3º de la ordenanza 8705 expresa “…aplicar para la categoría residenciales la tasa de sustentabilidad solo a los definidos como grandes consumos, ya sea para energía eléctrica y/o agua potable. B)-aplicar para la categoría no residenciales la Tasa de sustentabilidad como ocurre actualmente a los grandes consumos ya sea para energía eléctrica y/o agua potable C)-en las categorías grandes usuarios elevar el tope de aplicación D)-cambiar la base sobre la que se calcula la Tasa de Sustentabilidad de acuerdo al Anexo I….”. Sobre esta Tasa, no habrían quedado establecidos en el texto de la norma los conceptos de consumo a los que se aplica y es en ese sentido en que se procederá a la modificación. En principio habría acuerdo de los legisladores municipales para proceder en consecuencia.
“En realidad nosotros planteamos en su momento que la Tasa de Sustentabilidad se debía cobrar solamente sobre los consumos y no sobre los impuestos, porque en la ordenanza vieja decía ‘sobre el total facturado’, lo cual obviamente no se puede cobrar una tasa sobre los impuestos”, dijo Giménez para explicar que “el hecho de que haya estado redactado así se prestaba para una errónea interpretación, por lo cual quisimos corregir eso pero cuando incluimos sobre qué era lo que se debía facturar nos faltaron algunos ítems que es lo que ahora estamos corrigiendo” refirió.

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