Chubut adhirió a ley nacional de Creación del Sistema de Protección Integral para Personas Trasplantadas

aEn Sesión Ordinaria de la Legislatura, y a través del dictamen unánime de la Comisión de Legislación Social, Salud, Derechos Humanos y Trabajo, sobre el proyecto presentado por la diputada Mónica Gallego (FpV), la provincia del Chubut adhirió a la Ley Nacional N° 26.928 de Creación del Sistema de Protección Integral para Personas Trasplantadas.
De esta forma se creará el “Sistema de Protección Integral para Personas Trasplantadas”. Dicho sistema tiene por objeto crear un régimen de protección integral para las personas que hayan recibido un trasplante inscriptas en el Registro Nacional de Procuración y Trasplante o se encuentren en lista de espera para trasplantes del Sistema Nacional de Procuración y Trasplante de la República Argentina (SINTRA) y con residencia permanente en el país.
La ley establece que “El Instituto Nacional Central Único Coordinador de Ablación e Implante (INCUCAI) en coordinación con los organismos jurisdiccionales de procuración y trasplante, extenderá un certificado – credencial cuya sola presentación sirve para acreditar la condición de beneficiario conforme el artículo 1° de la presente ley”.

Cobertura del 100%
“Este certificado- credencial les da entidad legal como trasplantados, situación que resuelve el vacío legal que se presentaba”, aseveró la legisladora chubutense.
“Las personas comprendidas por la ley deben recibir cobertura del ciento por ciento en la provisión de medicamentos, estudios diagnósticos y prácticas de atención de su estado de salud de todas aquellas patologías que estén directa o indirectamente relacionadas con el trasplante”, señaló Gallego.
Además, el Ministerio de Salud de la Nación debe otorgar a las personas comprendidas pasajes de transporte terrestre o fluvial de pasajeros de jurisdicción nacional, en el trayecto que medie entre el domicilio y cualquier destino al que deban concurrir. La franquicia debe extenderse a un acompañante en caso de necesidad documentada. En casos de necesidad y por motivos exclusivamente asistenciales, se otorgarán pasajes para viajar en transporte aéreo.También, debe promover ante los organismos pertinentes, el acceso a una adecuada vivienda o su adaptación según lo que demande su condición.

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