Absolvieron a los dos acusados por privación ilegal de la libertad

Jonathan Tomas (27) y Cristina Rogelia Llancamil (49), acusados en la ciudad de Sarmiento como presuntos autores del delito de privación ilegal de libertad fueron absueltos por el magistrado Roberto Casal, ya que aseguró que la Fiscalía no logró probar su hipótesis acusatoria. Asimismo dispuso que las costas del juicio serán impuestas al estado provincial.

La acusación que no fue
Tomas y Llancamil habían sido detenidos porque estaban acusados de haber golpeado y luego retenido a la fuerza a un albañil el 29 de noviembre del año 2012. Ese día la víctima se encontraba realizando trabajos de albañilería en un local comercial, donde fue contactado por Jonathan Tomas, que le habría manifestado que pasara por su vivienda para ofrecerle un trabajo. Una vez en ella, Tomas habría golpeado a la víctima, acusándolo por un robo que había sufrido unos días antes. Luego llegó la madre del imputado, Cristina Rogelia Llancamil, quien también se habría sumado a la golpiza, propinándole puntapiés en distintas partes del cuerpo.
Unos minutos después, los acusados se dirigieron a la comisaria a los fines de radicar una denuncia por robo, mientras que la víctima quedó bajo la custodia de dos hombres, a los que no pudo identificar. Al regresar de la dependencia policial, Tomas y Llancamil, según la acusación de la Fiscalía que finalmente quedara sin efecto, obligaron al joven a que llamara por teléfono alguno de sus contactos para obtener datos sobre el mencionado robo que habían sufrido.
Finalmente, luego de cuatro horas permitieron que el denunciante se retirara de la vivienda, otorgándole un plazo de 48 horas para que regresara con los elementos, que según los imputados les había sustraído.

Falta de pruebas y absolución
Sobre estos hechos, ayer se realizó en la sala de audiencias de la Oficina Judicial de Sarmiento la lectura de la sentencia, en el marco del juicio oral y público, que se desarrolló contra Cristina Llancamil y Jonathan Tomas (madre e hijo), imputados por el Ministerio Publico Fiscal, como presuntos autores del delito de privación ilegal de la libertad, agravada por el uso de la violencia.

El acto judicial fue presidido por el Juez Roberto Casal. La parte acusadora, estuvo representada por el Fiscal General, Herminio González Meneses. Los imputados, en tanto, fueron asistidos legalmente por el Defensor Público, Miguel Moyano.
En la oportunidad, el magistrado indico que «la convicción de culpabilidad, necesaria para condenar, únicamente puede derivar de los datos probatorios legalmente incorporados al proceso, de allí que sean las pruebas, no los jueces, las que condenan»
En este contexto, el magistrado agregó: “Puede ocurrir que el litigante se confié en su capacidad, y no prepare adecuadamente el debate, u omita hacerlo, o se presente a la audiencia sin planificar sobre que interrogar a los testigos, y tantas otras circunstancias que más allá de responder a una estrategia procesal, denotan improvisación, desidia y hasta negligencia».
Finalmente Casal concluyó: «El Ministerio Público Fiscal no probó su hipótesis acusatoria, razón por la cual no habiendo sido enervado el estado de inocencia que ampara a los acusados, sus absoluciones se imponen».

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