Se cae en Chubut la rebaja impositiva para la pesca
La provincia de Chubut implementó este año y por el término de 180 días un plan de reducción y quita de impuestos, tributos y tasas con el objetivo primordial de brindar acciones que permitan el sostenimiento de las empresas que a su vez garanticen el mantenimiento de la mano de obra ocupada. La Ley Nº 108 fue una de las pocas medidas que se llevaron a cabo en la actual gestión del gobernador Martín Buzzi.
Si bien no vino a solucionar los problemas de fondo que forman parte de la crisis pesquera, ha sido una herramienta de planificación que han tenido las compañías, y a su vez la medida ha contenido un rol social importante, ya que el requisito para su aplicación es que las empresas no achicaran sus dotaciones de mano de obra ocupada, indicó en un reporte la Revista Puerto.
Tras la renuncia del Subsecretario del área, nadie en el gobierno está en condiciones de afirmar si este programa tendrá continuidad en el tiempo. Había un bosquejo de decreto de prórroga con la línea argumental que justificaría la prórroga de la medida por otros 180 días, pero aún no fue firmado.
Habrá que tener en cuenta que si esta ley no es sostenida, las empresas tampoco tendrán la exigencia de mantener el mismo número de empleos que al momento de iniciado el plan de recupero del sector pesquero, ya que ese era el objetivo de fondo de la legislación. Fue creado con la idea de sostener la actividad y mano de obra del sector, propendiendo al recupero y consecuente desarrollo de la actividad pesquera.
El Artículo 3° de la Ley 108 establece “como condición ineludible y necesaria, para ingresar al Programa, el mantenimiento del nivel normal y habitual de la producción.
Durante la duración del plazo, en cuyo transcurso no podrán tener lugar los despidos sin causas, deberán abonarse las remuneraciones y los aportes y contribuciones patronales en tiempo y forma y el pago a los proveedores. Los incumplimientos graves y/o reiterados de las obligaciones de carácter laboral asumidas, calificados como tales por la autoridad laboral, acarrearán la pérdida de los beneficios otorgados”, estipula la norma que tiene vigencia hasta el 12 de diciembre.
Por su parte, el Artículo 5° fijo la serie de medidas que implica el programa para lo cual las empresas de Chubut debieron adherirse: “Exímase a los beneficiarios del programa de “Recupero del Sector Pesquero”, de los impuestos, tributos y tasas que a continuación se detallan: a) del cien por ciento (100%) del 8 por mil (artículo 38 Ley X N° 15); b) del cien por ciento (100%) de la tributación local sobre combustible (2%); c) del cien por ciento (100%) de los ingresos brutos; d) del cien por ciento (100%) del canon de extracción; e) de los costos portuarios. En lo referente al punto e) del presente los beneficios alcanzarán los siguientes ítems: Se bonificará el cien (100) por ciento de: e.1.) Servicio a las cargas en lo referido a exportación; e. 2.) el uso de balanza por cada pesada; e. 3.) del uso de cámara de transferencia si consolidan dentro de zona portuaria; e. 4.) de la estadía con los sujetos y las condiciones y requisitos que la reglamentación determine. Se bonificará en un cincuenta (50) por ciento: e.5.) los costos de almacenaje; e.6.) los costos del agua y energía”.
En tanto, se previó que “la autoridad de aplicación deberá dar cuenta, inmediatamente, a la Dirección General de Rentas de las Empresas del Sector que se adhieren al Programa, comunicando las exenciones concedidas y su plazo. Informa de suspensiones, revocaciones o sanciones que se apliquen como consecuencia”. Fuente: Revista Puerto