La Justicia alemana desactivó alrededor de 90 juicios de acreedores

Los tribunales alemanes suspendieron la continuidad de aproximadamente noventa juicios que habían iniciado pequeños acreedores contra la Argentina por el default del 2001, al aceptar los argumentos que presentó el país sobre su derecho a ofrecer un canje de deuda basado en los nuevos «Principios» en la materia promovidos por la Conferencia de Naciones Unidas para el Desarrollo y el Comercio (Untacd).
La decisión judicial se conoció unos días antes del viaje que emprenderá la próxima semana el ministro de Economía, Hernán Lorenzino, a Ginebra, para asistir a la «Novena Conferencia Internacional sobre Administración de Deuda de la Untacd», órgano que trabaja en pos de la aceptación internacional de estos principios en el marco de Naciones Unidas.
Las resoluciones judiciales son un revés internacional para los holdouts y en particular para los fondos buitre, que vieron cercadas sus posibilidades de cobrar el 100% de las deudas originales reclamadas ante los tribunales europeos.
La argumentación argentina fue efectuada sobre la base de una opinión legal formulada por los profesores Christian Tietje y Matthias Lehmann, de la Universidad de Halle-Wittenberg, la casa de altos estudios más prestigiosa de Alemania.
Los expertos argumentaron y sostuvieron la relevancia de los referidos «Principios para la Promoción de otorgamiento y Toma Responsables de Prestamos Soberanos», de la Unctad, como parte del derecho internacional y del derecho local alemán.
Se trata de 15 principios que establecen, como novedad, una serie «de responsabilidades» tanto para acreedores como deudores, donde «la Argentina contribuyó en los últimos años a la elaboración de los mismos», indicaron las fuentes.
Las mismas fuentes del Palacio de Hacienda revelaron que la utilización de dichos principios en la justicia alemana son una novedad en el derecho internacional, y también en la estrategia de la defensa argentina, ya que fueron incorporados recientemente «con éxito, como elemento novedoso de defensa de un país en situación de default».
«Si bien este tipo de argumentos ya habían sido tratados por algunos académicos, nunca fueron presentados como argumentos legales en un procedimiento judicial», agregaron.
Las responsabilidades abarcan a los acreedores comprenden la «evaluación de la capacidad crediticia de los deudores», y las reestructuraciones de deuda; y actuar de buena fe y con espíritu cooperativo en circunstancias en que el soberano es incapaz de pagar sus deudas». Entre las que competen a los países deudores, se encuentran la «responsabilidad de proteger el interés de sus ciudadanos».

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